Aumento salarial para empleadas de casas de familia: ¿Cuánto cobrarán en abril y mayo?
La Comisión de Trabajo en Casas Particulares definió un nuevo aumento sobre las remuneraciones mínimas de las trabajadoras de casas de familia.
El incremento, que nuevamente será acumulativo, fue acordado en dos tramos: 11% en abril (retroactivo al 1°) sobre los salarios de marzo, y 7% en mayo, partiendo de los sueldos de este mes.
La suba salarial coincide con la última medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) realizada por el Indec, que acumuló una inflación del 11% en marzo.
Cabe señalar que la resolución correspondiente aún no fue publicada en el Boletín Oficial para que los aumentos entren en vigencia, pero se estima que se oficializará en las próximas horas.
Cómo quedan los sueldos y el pago de horas en cada categoría
Con el aumento, el personal de tareas generales, que es la quinta categoría, con retiro, pasará de cobrar $1.954,77 por hora a $2.170,50. El monto mensual, en caso de que se desempeñe 24 horas semanales o más, será de $266.163,50.
Si es “sin retiro”, el sueldo mínimo de abril -a cobrar en mayo- para la quinta categoría será de $2.341 por hora o $295.970 mensual.
En lo que respecta a la cuarta categoría, (asistencia y cuidado de personas), el pago mínimo por hora con retiro pasará de $2.108,64 a $2.341. El mensual, saltará de $266.639,46 a $295.970.
Para el personal si es sin retiro, el incremento llegará a $2.617,50 por hora o $329.828 mensuales.
En la tercera categoría (caseros) el mínimo por hora pasará de $2.108,64 a $2.341. Mientras, el pago mensual, subirá de $266.639,46 a $295.970.
La segunda categoría, (cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad), cobrará en mayo de $2.478,50 por hora o $303.354 por mes (con retiro).
Si se trata de personal sin retiro, los empleadores deberán pagar $2.717 por hora o $337.684,50 por mes, dependiendo de la cantidad de horas que se desempeñe el trabajador en el hogar.
Finalmente, los trabajadores de la primera categoría o supervisores cobrarán por hora $2.617,50 o un salario mensual de $326.518 cuando se trate de personal con retiro. Sin retiro, la hora ascenderá a $2867,50 y el mensual a $363.704.
Estos valores responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, además, abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios yobra social.
El aumento también se verá reflejado en el pago adicional del 25% sobre los salariosmínimos para cada categoría en los casos en que el trabajo se desarrolle en territorios que sean considerados como “zonas desfavorables”.