La secretaría de Comercio modificó los avisos legales en publicidad
La secretaría de Industria y Comercio estableció una nueva modalidad para los anuncios publicitarios, los cuales ahora tendrán cinco requisitos indispensables para las leyendas al pie del anuncio.
Desde el Gobierno Nacional destacaron que la nueva normativa provee un marco que facilita la comprensión de los avisos legales de las publicidades y que se refuerza la obligatoriedad de que los legales radiales deberán ser leídos en forma entendible y clara.
Desde ahora, los proveedores de bienes y servicios deberán informar, siempre en forma clara y no generando confusión, el alcance territorial, vigencia temporal, nombre o razón social, domicilio y el número de CUIT del proveedor, a la vista en la publicidad.
El objetivo es que los anuncios publicitarios masivos sean comprensibles para los consumidores ya que ahora el mínimo de la letra es de 3 milímetros y debe ocupar un 5% de la pieza. En el caso de anuncios televisivos o de redes sociales, debe permanecer 4 segundos de corrido.
Con los cambios se busca dar información transparente para el receptor del anuncio.
Además, cuando las publicidades masivas incluyan precios, el anuncio tendrá que tener visible el precio final en moneda de curso legal. En el caso de alimentos, bebidas o productos de higiene, además, deberá figurar el precio por unidad de medida.