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Milei promulgó la Ley Bases: qué dicen los artículos

El Gobierno Nacional promulgó este lunes la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el paquete de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.

A través del Boletín Oficial, Milei firmó los decretos 592 y 593 para que comience a regir ambas leyes. La promulgación de ambas leyes se realizó en la previa de la firma del Pacto de Mayo que se realizará este 9 de julio.

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Qué plantea la Ley Bases

Emergencia

El primer artículo de la ley establece la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año. De esta manera, el Congreso delega ciertas facultades al Ejecutivo en dichas materias “en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional”.

Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI)

Este régimen establece “incentivos, certidumbre, seguridad jurídica y un sistema eficiente de protección de derechos adquiridos” para inversiones superiores a 200 millones de dólares.

El RIGI consta de un paquete de incentivos fiscales, aduaneros y cambiarios durante 30 años para los siguientes sectores: forestoindustria, infraestructura, minería, energía, tecnología, turismo, siderurgia, petróleo y gas.

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Privatizaciones

El Gobierno Nacional podrá privatizar las siguientes empresas del Estado: AySA SA, Belgrano Cargas, Trenes Argentinos, Corredores Viales, Enarsa e Intercargo.

Reforma laboral

Modificación del período de prueba: El tiempo máximo era de tres meses. Ahora, el plazo cambia según la cantidad de empleados. De este modo, habrá un período de prueba de seis meses para empleados de empresas con más de 100 trabajadores; ocho meses para las entidades que tienen entre seis y 100 trabajadores y un año de prueba en las entidades que tienen hasta cinco empleados.

Además, las personas independientes puede trabajar con cinco empleados, sin necesidad de establecer una relación de dependencia.

Creación de un fondo de cese laboral: las empresas tienen la posibilidad de crear un fondo voluntario de cese, una suerte de seguro para pagar futuras indemnizaciones por despido.

Ley Bases: una por una las modificaciones laborales que contempla

Despido por discriminación: la reforma laboral contempla una indemnización agravada. Es decir, una compensación económica más alta por la gravedad del despido, como forma de reparar el daño causado. Según la reforma laboral que aprobó Diputados, en estos casos el pago sería entre el 50% y 100% más si el motivo es por discriminación. Por ejemplo, raza, religión, opinión política o gremial, identidad de género, orientación sexual, caracteres físicos o discapacidad.

Eliminación de multas por trabajo no registrado: la reforma elimina la obligación que tienen las empresas de tener empleados registrados o “en blanco”. Por lo general, siempre se les cobró una multa a todas las empresas por tener trabajadores "en negro". Sin embargo, esta condición será extinta y se les perdonará la evasión de aportes jubilatorios.

Simplificación registral: establece un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 20 empleados.

Licencias por maternidad: el artículo 90 señalaba que la licencia por maternidad podrá iniciarse hasta 10 días antes de la fecha del parto. Según la reforma, “queda prohibido el trabajo del personal femenino o persona gestante durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Sin embargo, la persona interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a diez (10) días".

Empleados públicos

Los trabajadores del Estado afectados por reestructuraciones pasarán a estar a disponibilidad por un máximo de un año. En este período, recibirán capacitación o se les asignarán tareas en servicios tercerizados. Pasado ese plazo y si no son reasignados, se los despedirá con indemnización.

Obras públicas

Se paralizarán una gran cantidad de obras. Aquellas que superen los 10 mil millones de pesos serán canceladas. Las que cuenten con ejecución del 80% o más, o que posean financiamiento internacional se terminarán.

Blanqueo de capitales

Hasta el 30 de abril de 2025, se podrán blanquear activos de hasta 100 mil dólares sin alícuota de recargo.

Para montos superiores, la ley prevé propone alícuotas progresivas del 5%, 10% y 15%.

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