Provinciales

Gremios docentes celebraron el rechazo judicial al DNU/70

Este lunes 26 de agosto la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó el recurso de apelación presentado por el Gobierno nacional y confirmó la sentencia definitiva del 6 de marzo pasado, que declaró la inconstitucionalidad de los artículos 86, 87, 88 y 97 del DNU 70/23 en favor de la CTERA y los sindicatos de base adheridos.

La ratificación fue celebrada por los gremios docentes, ya que lograron que a los trabajadores de la educación no se les aplique la normativa que “coarta la libertad sindical” en materia de realización de asambleas, negociaciones colectivas y derecho a huelga.

A inicios de 2024 CTERA presentó un recurso de amparo planteando la inconstitucionalidad de los artículos del DNU 70/23 ya mencionados. Dicha presentación obtuvo sentencia favorable de primera instancia emitida por el Juzgado Nacional del Trabajo nro. 8 de Capital Federal.

A raíz de esta nueva sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) y los gremios de base adheridos podrán adoptar a futuro las acciones que estimen convenientes en defensa del salario y las condiciones laborales.

X de CTERA

“Este es un logro de toda la docencia del país porque defiende los derechos emanados de la Constitución nacional y de tratados internacionales”, celebró por su parte la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC).

“Junto a CTERA seguiremos defendiendo la libertad sindical, herramienta histórica de las y los trabajadores para la demanda de justos reclamos y la defensa de nuestros derechos” agregó UEPC.

“La educación no es un servicio esencial a los fines del ejercicio del derecho de huelga como se pretende desde el oficialismo para impedir la protesta de los docentes. El poder judicial ya declaró inconstitucional hace 20 años a propuesta de CTERA el Decreto N° 843 de De la Rúa y Resolución N° 481 de Bullrich, cuando era ministra de Trabajo, por eso el proyecto votado en la Cámara de Diputados recientemente tiene el mismo vicio jurídico”, interpretaron desde CTERA.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba
Cerrar
Cerrar