{"id":1080200,"date":"2024-06-28T12:53:06","date_gmt":"2024-06-28T15:53:06","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/06\/28\/empleados-de-comercio-tendran-aumentos-de-sueldo-en-junio-julio-y-agosto\/"},"modified":"2024-06-28T12:53:06","modified_gmt":"2024-06-28T15:53:06","slug":"empleados-de-comercio-tendran-aumentos-de-sueldo-en-junio-julio-y-agosto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/06\/28\/empleados-de-comercio-tendran-aumentos-de-sueldo-en-junio-julio-y-agosto\/","title":{"rendered":"Empleados de Comercio tendr\u00e1n aumentos de sueldo en junio, julio y agosto"},"content":{"rendered":"<p><strong>La C\u00e1mara de Comercio de C\u00f3rdoba (CCC), siguiendo normativas de C\u00e1mara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), inform\u00f3 este viernes que se firm\u00f3 un nuevo paritario para los trabajadores del sector de un incremento no remunerativo de 13,5% a abonarse en tres tramos.<\/strong><\/p>\n<p>El acuerdo fue suscripto por el sector patronal y por el gremio que representa a los trabajadores; por lo que lleva las firmas de representantes de CAC, CAME, UDECA y Federaci\u00f3n Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS).<\/p>\n<p>Las partes pactaron un incremento salarial de 13,5% sobre las escalas de las remuneraciones b\u00e1sicas del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130\/75 \u201ca cuyo efecto se tomar\u00e1 como base de c\u00e1lculo los valores expresados para el mes de marzo de2024, con m\u00e1s las sumas de car\u00e1cter no remunerativo a dicha fecha\u201d.<\/p>\n<p><strong>De este modo, el incremento del 13,5% se abonar\u00e1 en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos del siguiente modo: 5% desde junio, 4,5% desde julio y 4% desde agosto.<\/strong><\/p>\n<p>Lo pactado tiene vigencia desde el 1\u00b0 de junio de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2026, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de septiembre de 2024 para analizar las variaciones econ\u00f3micas que pudieran haber ocurrido.<\/p>\n<p>Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuesti\u00f3n no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el \u00e1mbito de la ciudad de R\u00edo Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el m\u00ednimo convencional vigente a partir de la homologaci\u00f3n. <\/p>\n<p><strong>Adem\u00e1s, las partes acordaron incorporar a los b\u00e1sicos de convenio a partir del mes de septiembre y en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas-septiembre, octubre y noviembre del 2024, los incrementos no remunerativos otorgados en los meses de enero y febrero del 2024, en su valor nominal.<\/strong><\/p>\n<p>La presente revisi\u00f3n se dio en el marco del compromiso de reuni\u00f3n pactado por las partes en el acuerdo del pasado 5 de abril ante las variaciones econ\u00f3micas registradas desde entonces,<br \/>previsto en la cl\u00e1usula 3ra del mencionado entendimiento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara de Comercio de C\u00f3rdoba (CCC), siguiendo normativas de C\u00e1mara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), inform\u00f3 este viernes que se firm\u00f3 un nuevo paritario para los trabajadores del sector de un incremento no remunerativo de 13,5% a abonarse en tres tramos.<br \/>\nEl acuerdo fue suscripto por el sector patronal y por el gremio que representa a los trabajadores; por lo que lleva las firmas de representantes de CAC, CAME, UDECA y Federaci\u00f3n Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS).<br \/>\nLas partes pactaron un incremento salarial de 13,5% sobre las escalas de las remuneraciones b\u00e1sicas del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130\/75 \u201ca cuyo efecto se tomar\u00e1 como base de c\u00e1lculo los valores expresados para el mes de marzo de2024, con m\u00e1s las sumas de car\u00e1cter no remunerativo a dicha fecha\u201d.<br \/>\nDe este modo, el incremento del 13,5% se abonar\u00e1 en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos del siguiente modo: 5% desde junio, 4,5% desde julio y 4% desde agosto.<br \/>\nLo pactado tiene ..<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1080201,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/06\/720-1212.jpe","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1080200"}],"collection":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1080200"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1080200\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1080201"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1080200"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1080200"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1080200"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}