{"id":1095042,"date":"2024-08-12T18:13:03","date_gmt":"2024-08-12T21:13:03","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/08\/12\/piden-suspender-tasas-para-el-sostenimiento-del-ersep-los-cordobeses-no-deberian-pagar-para-mantener-a-su-verdugo\/"},"modified":"2024-08-12T18:13:03","modified_gmt":"2024-08-12T21:13:03","slug":"piden-suspender-tasas-para-el-sostenimiento-del-ersep-los-cordobeses-no-deberian-pagar-para-mantener-a-su-verdugo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/08\/12\/piden-suspender-tasas-para-el-sostenimiento-del-ersep-los-cordobeses-no-deberian-pagar-para-mantener-a-su-verdugo\/","title":{"rendered":"Piden suspender tasas para el sostenimiento del ERSeP: \u00abLos cordobeses no deber\u00edan pagar para mantener a su verdugo\u00bb"},"content":{"rendered":"<p>Este lunes <strong>se present\u00f3 un pedido para suspender por un a\u00f1o el cobro de tasas para sostener el Ente Regulador de Servicios P\u00fablicos (ERSEP). <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u201cLos cordobeses no pueden pagar tasas para mantener el funcionamiento de su verdugo\u201d,<\/strong> expres\u00f3 Dante Rossi, el legislador del Bloque Construyendo C\u00f3rdoba. <\/p>\n<p><strong>Se busca suspender por un a\u00f1o el pago de de las tasas que pagan los usuarios para el sostenimiento del ente. <\/strong><\/p>\n<p>La iniciativa dispone por el lapso de un a\u00f1o la inaplicabilidad del art\u00edculo 31 inciso a) de la Ley 8835, referido al pago de una tasa a cargo de los usuarios de los servicios p\u00fablicos, para sostener el funcionamiento del Ente Regulador de Servicios P\u00fablicos (ERSeP), como as\u00ed tambi\u00e9n lo dispuesto por el Decreto N\u00b0 2298\/00 por igual plazo.<\/p>\n<p>Rossi expres\u00f3 que el Ente \u201c<strong>ha dejado desde hace mucho tiempo de defender a los usuarios para proteger a las empresas. Si esto es as\u00ed, no tiene ning\u00fan asidero que los usuarios sostengan el funcionamiento del organismo\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>El art\u00edculo 31 inc. a) de la Ley 8835 establece un<strong>a tasa a cargo de los usuarios de los servicios p\u00fablicos, que no podr\u00e1 exceder del 1,5 % y que se calcula sobre el monto de la facturaci\u00f3n bruta.<\/strong><\/p>\n<p>A su vez, el Decreto 2298\/00 determina una tasa del <strong>1,5 % de la facturaci\u00f3n bruta a cargo del usuario del agua en la ciudad de C\u00f3rdoba, del 1,5 % para el usuario del transporte interurbano, y del 0,5 % para EPEC.<\/strong><\/p>\n<p>La ley 8835 \u2013Carta del Ciudadano-, que regula el funcionamiento del ERSeP, <strong>que se aprob\u00f3 como una herramienta fundamental de defensa de los cordobeses, y en el caso particular de los servicios p\u00fablicos, para empoderarlos en una situaci\u00f3n de desigualdad frente a posibles abusos de los prestadores.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u201cEl aumento muy por encima de la inflaci\u00f3n en el \u00faltimo tiempo de la boleta de aguas cordobesas es una muestra que confirma nuestra aseveraci\u00f3n. Pero hay otras cuestiones\u201d, manifest\u00f3.<\/strong><\/p>\n<p>El organismo llam\u00f3 a una audiencia p\u00fablica el 16 de enero del corriente a\u00f1o a los efectos de eliminar las mismas. Ello se convalid\u00f3 a los dos d\u00edas mediante la resoluci\u00f3n pertinente, con lo cual se habilit\u00f3 un procedimiento sumar\u00edsimo para autorizar los aumentos pedidos por las empresas prestatarias de servicios p\u00fablicos, sin ning\u00fan tipo de audiencia p\u00fablica.<\/p>\n<p><strong>La \u00faltima decisi\u00f3n del organismo: le permiti\u00f3 a la EPEC a aumentar mensual y autom\u00e1ticamente las tarifas, sin necesidad de audiencia p\u00fablica ni control previo.<\/strong><\/p>\n<p>\u201cNos parece que no puede el usuario de los servicios p\u00fablicos seguir financiando un organismo que no los defiende, que desvi\u00f3 la raz\u00f3n para la que fue creada, y que avala sin chistar todos los aumentos pedidos por las prestatarias\u201d, manifest\u00f3.  <\/p>\n<h3>Nuevo pedido de intervenci\u00f3n del ERSEP<\/h3>\n<p>Adem\u00e1s, <strong>vuelve a plantear la intervenci\u00f3n del ente por el t\u00e9rmino de un a\u00f1o<\/strong>, dejando a salvo la representaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos, atento su car\u00e1cter de sujetos de derecho p\u00fablico, y del Director elegido por la Asociaci\u00f3n de Usuarios.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el proyecto, la intervenci\u00f3n estar\u00eda a cargo de la Presidenta de la Comisi\u00f3n de Infraestructura y Servicios P\u00fablicos de la Unicameral, quien cumplir\u00e1 su funci\u00f3n sin percibir ning\u00fan tipo de retribuci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>La interventora tendr\u00e1 las facultades de gobierno y administraci\u00f3n del ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS establecida por la Ley 8835, junto a los otros Directores, ejerciendo la presidencia del organismo, debiendo realizar una auditor\u00eda y revisi\u00f3n t\u00e9cnica, jur\u00eddica y econ\u00f3mica que eval\u00fae el cumplimiento por parte del organismo, fundamentalmente en las siguientes cuestiones (enumeraci\u00f3n ejemplificativa):<\/p>\n<p>a)     Razonabilidad y legalidad de los estudios t\u00e9cnicos que avalaron aumentos de la boleta de aguas cordobesas en un porcentual muy superior a la inflaci\u00f3n.<\/p>\n<p>b)    Legalidad de la resoluci\u00f3n que suspendi\u00f3 el procedimiento habitual de audiencias p\u00fablicas previas al aumento de tarifas, cuando dicho requisito est\u00e1 expresamente establecido en el art\u00edculo 20 segundo p\u00e1rrafo de la Ley 8835.<\/p>\n<p>c)     Actuaci\u00f3n del Presidente del organismo Cr. Mario Blanco, quien esta largamente excedido en su mandato.<\/p>\n<p>d)    Estudios t\u00e9cnicos que avalaron el aumento del transporte interurbano durante el corriente a\u00f1o.<\/p>\n<p>e)   Legalidad de la autorizaci\u00f3n concedida a la Empresa Provincial de Energ\u00eda de C\u00f3rdoba (EPEC) para realizar aumentos autom\u00e1ticos mensuales y sin audiencia p\u00fablica previa, referidos a la tarifa del servicio.<\/p>\n<p>f)    Todo otro aspecto vinculado al correcto funcionamiento del organismo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este lunes se present\u00f3 un pedido para suspender por un a\u00f1o el cobro de tasas para sostener el Ente Regulador de Servicios P\u00fablicos (ERSEP).<br \/>\n\u201cLos cordobeses no pueden pagar tasas para mantener el funcionamiento de su verdugo\u201d, expres\u00f3 Dante Rossi, el legislador del Bloque Construyendo C\u00f3rdoba.<br \/>\nSe busca suspender por un a\u00f1o el pago de de las tasas que pagan los usuarios para el sostenimiento del ente.<br \/>\nLa iniciativa dispone por el lapso de un a\u00f1o la inaplicabilidad del art\u00edculo 31 inciso a) de la Ley 8835, referido al pago de una tasa a cargo de los usuarios de los servicios p\u00fablicos, para sostener el funcionamiento del Ente Regulador de Servicios P\u00fablicos (ERSeP), como as\u00ed tambi\u00e9n lo dispuesto por el Decreto N\u00b0 2298\/00 por igual plazo.<br \/>\nRossi expres\u00f3 que el Ente \u201cha dejado desde hace mucho tiempo de defender a los usuarios para proteger a las empresas. Si esto es as\u00ed, no tiene ning\u00fan asidero que los usuarios sostengan el funcionamiento del organismo\u201d.<br \/>\nEl art\u00edculo 31 inc. a) de la Ley 8..<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1095043,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/08\/720-538.jpe","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1095042"}],"collection":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1095042"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1095042\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1095043"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1095042"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1095042"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1095042"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}