{"id":1095150,"date":"2024-08-13T19:23:06","date_gmt":"2024-08-13T22:23:06","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/08\/13\/absuelven-por-inexistencia-del-hecho-a-excomisario-imputado-por-el-delito-de-peculado\/"},"modified":"2024-08-13T19:23:06","modified_gmt":"2024-08-13T22:23:06","slug":"absuelven-por-inexistencia-del-hecho-a-excomisario-imputado-por-el-delito-de-peculado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/08\/13\/absuelven-por-inexistencia-del-hecho-a-excomisario-imputado-por-el-delito-de-peculado\/","title":{"rendered":"Absuelven por inexistencia del hecho a excomisario imputado por el delito de peculado"},"content":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara en lo Criminal y Correccional de 12\u00b0 Nominaci\u00f3n de la ciudad de C\u00f3rdoba, integrada con jurados populares, absolvi\u00f3 por unanimidad al comisario mayor retirado Gustavo Rodolfo Gonz\u00e1lez. El uniformado hab\u00eda sido acusado del delito de peculado por la supuesta utilizaci\u00f3n con fines personales de un veh\u00edculo asignado solo para uso oficial.<\/p>\n<p>Luego del juicio, el tribunal concluy\u00f3 que los hechos atribuidos a Gonz\u00e1lez no existieron y dispuso su absoluci\u00f3n, \u201cdejando expresamente a salvo su buen nombre y honor\u201d. Adem\u00e1s, orden\u00f3 informar sobre el contenido de la sentencia a la Jefatura de Polic\u00eda y por su intermedio a los departamentos que correspondan para que quede constancia de la decisi\u00f3n judicial en su legajo.<\/p>\n<p>El excomisario hab\u00eda sido imputado por utilizar una camioneta Amarok al servicio de la Polic\u00eda de la Provincia fuera del horario laboral. Tambi\u00e9n se lo acusaba de hacer reparar el rodado en los talleres de la fuerza, luego de protagonizar un accidente de tr\u00e1nsito en Villa Carlos Paz, cuando no estaba ejerciendo funciones.<\/p>\n<h3>Dedicaci\u00f3n exclusiva<\/h3>\n<p>En el juicio se prob\u00f3 que el comisario mayor ten\u00eda dedicaci\u00f3n laboral era \u201cfull time\u201d, por lo que pod\u00eda ser convocado en cualquier momento del d\u00eda y a cualquier punto de la provincia. Se desempe\u00f1aba en un \u00e1rea denominada Divisi\u00f3n de Control de Conducta Policial.<\/p>\n<p>En tal sentido, se acredit\u00f3 que ejerc\u00eda la funci\u00f3n de controlar de la actuaci\u00f3n de otros funcionarios policiales y que esa tarea \u201cse llevaba a cabo la mayor parte de las veces en horarios inusuales, a menudo vestidos de civil\u201d para no ser f\u00e1cilmente identificados al momento del control.<\/p>\n<p>\u201cPor id\u00e9nticas razones, el veh\u00edculo adjudicado para su uso exclusivo no estaba identificado\u201d, agrega la resoluci\u00f3n firmada por los camaristas Ana Mar\u00eda Lucero Offredi, Gabriela Bella y Gustavo Reinaldi, junto con jurados populares.<\/p>\n<p>La sentencia expresa que \u201cel uso del veh\u00edculo no fue para beneficio personal de Gonz\u00e1lez\u201d, ya que lo ten\u00eda asignado en raz\u00f3n de su funci\u00f3n, que ejerc\u00eda con dedicaci\u00f3n exclusiva. Tambi\u00e9n se\u00f1ala que \u201creparaci\u00f3n de ese rodado por parte del departamento Transportes de la Polic\u00eda de la Provincia no import\u00f3 un aprovechamiento de servicios pagos por la provincia\u201d.<\/p>\n<p>\u201cM\u00e1s a\u00fan, la entrega del veh\u00edculo a la divisi\u00f3n transportes para su reparaci\u00f3n no era una facultad sino un deber en cabeza del imputado en su calidad de depositario de ese bien\u201d, enfatiza la resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por otro lado, el tribunal de juicio destaca que la actuaci\u00f3n del comisario mayor Gonz\u00e1lez al momento del hecho fue irreprochable. \u201cComunic\u00f3 en forma inmediata la situaci\u00f3n al superior de turno, se ocup\u00f3 de verificar el estado de salud de los ocupantes del veh\u00edculo impactado, llev\u00f3 a cabo estrictamente las instancias vinculadas al accidente, sin pretender influir en ninguna persona y asegur\u00e1ndose que un adulto responsable concurriera a acompa\u00f1ar al por ese entonces conductor menor de edad del VW Gol\u201d, a\u00f1ade el fallo.<\/p>\n<p>La sentencia de la C\u00e1mara en lo Criminal y Correccional de 12\u00b0 Nominaci\u00f3n se adopt\u00f3 luego de que el representante del Ministerio P\u00fablico Fiscal, Mariano Antu\u00f1a, solicitara la absoluci\u00f3n del uniformado al finalizar su alegato.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara en lo Criminal y Correccional de 12\u00b0 Nominaci\u00f3n de la ciudad de C\u00f3rdoba, integrada con jurados populares, absolvi\u00f3 por unanimidad al comisario mayor retirado Gustavo Rodolfo Gonz\u00e1lez. El uniformado hab\u00eda sido acusado del delito de peculado por la supuesta utilizaci\u00f3n con fines personales de un veh\u00edculo asignado solo para uso oficial.<br \/>\nLuego del juicio, el tribunal concluy\u00f3 que los hechos atribuidos a Gonz\u00e1lez no existieron y dispuso su absoluci\u00f3n, \u201cdejando expresamente a salvo su buen nombre y honor\u201d. Adem\u00e1s, orden\u00f3 informar sobre el contenido de la sentencia a la Jefatura de Polic\u00eda y por su intermedio a los departamentos que correspondan para que quede constancia de la decisi\u00f3n judicial en su legajo.<br \/>\nEl excomisario hab\u00eda sido imputado por utilizar una camioneta Amarok al servicio de la Polic\u00eda de la Provincia fuera del horario laboral. 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