{"id":1110954,"date":"2024-09-25T19:53:07","date_gmt":"2024-09-25T22:53:07","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/09\/25\/las-tres-mentiras-de-lizarralde\/"},"modified":"2024-09-25T19:53:07","modified_gmt":"2024-09-25T22:53:07","slug":"las-tres-mentiras-de-lizarralde","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/09\/25\/las-tres-mentiras-de-lizarralde\/","title":{"rendered":"Las tres mentiras de Lizarralde"},"content":{"rendered":"<p>El femicidio de Paola Acosta y el intento de asesinato de su peque\u00f1a hija constituyen uno de esos casos que, por sus caracter\u00edsticas, conmueven a la opini\u00f3n p\u00fablica y no se borran f\u00e1cilmente de la memoria popular. Marcan hitos. No s\u00f3lo en C\u00f3rdoba, el caso tuvo amplia cobertura nacional.<\/p>\n<p>La marcha denominada<strong> &quot;Ni Una Menos&quot;<\/strong> se realiz\u00f3 por primera vez el 3 de junio de 2015 en ochenta ciudades de Argentina, pocos meses despu\u00e9s de este brutal femicidio. Sin duda, este caso sum\u00f3 al impulso que adquiri\u00f3 ese movimiento, que a\u00fan perdura y se multiplica.<\/p>\n<h4>Revisi\u00f3n<\/h4>\n<p>Lo cierto es que Gonzalo Lizarralde, el femicida condenado, inici\u00f3 un camino con el que espera <a href=\"https:\/\/www.lavoz.com.ar\/ciudadanos\/gonzalo-lizarralde-pedira-una-revision-de-su-condena-a-10-anos-del-crimen-de-paola-acosta-en-cordoba\/\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\">solicitar al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) la revisi\u00f3n del caso<\/a>. Llegar\u00eda all\u00ed con la esperanza de que el alto tribunal de la Provincia primero acepte la revisi\u00f3n y, de conseguir ese objetivo, <strong>se abra paso una alternativa para ser exculpado.<\/strong><\/p>\n<p>\u00c9l y su nuevo equipo (vocera de prensa, dos abogados penalistas que analizan el expediente hace catorce meses y un perito criminal\u00edstico de renombre) tendr\u00e1n que conseguir que la justicia les crea tres mentiras.<\/p>\n<h4>Mentira 1<\/h4>\n<p>\u201cGonzalo le contest\u00f3 que hab\u00eda estado con ellas diez minutos, que le dio la plata a Paola y se fue\u201d. (Del testimonio de Marina Acosta).<\/p>\n<p><strong>Esta es la m\u00e1s vieja.<\/strong> Est\u00e1 pendiente desde la investigaci\u00f3n original, en la que Lizarralde no pudo o no quiso decir <strong>qu\u00e9 estuvo haciendo en el intervalo de entre 2 y 3 horas en que dej\u00f3 a su novia y un amigo en su casa, hasta que regres\u00f3 a la misma.<\/strong><\/p>\n<p>La sentencia contra Lizarralde, consider\u00f3 probado que a las 22.30 se reuni\u00f3 con Paola y que estuvo con ella en la puerta del domicilio por lo menos hasta las 23.30. A su domicilio regres\u00f3 a la 1.05 de la ma\u00f1ana.<\/p>\n<p><strong>A lo largo de todo el juicio y tambi\u00e9n en la instancia de casaci\u00f3n, Lizarralde nunca revel\u00f3 qu\u00e9 estuvo haciendo en ese lapso de tiempo.<\/strong> Considerando que cualquier relato alternativo que lo ubicase en tiempo y lugar diferentes al del crimen representaba la diferencia entre culpabilidad o inocencia, es dif\u00edcil entender que haya elegido el silencio, <strong>a menos que la verdad lo incriminase.<\/strong><\/p>\n<p>En este punto, un penalista recordar\u00e1 que \u201cla Constituci\u00f3n establece que nadie est\u00e1 obligado a declarar contra s\u00ed mismo, por lo que <strong>no haber declarado en el juicio no puede tener consecuencias perjudiciales para \u00e9l al momento de la sentencia<\/strong>\u201d.<\/p>\n<p>Pero, por otro lado, nada impide que un acusado que declare en juicio, diga todo lo que quiera en su defensa. Lo hace sin prestar juramento de decir verdad. <strong>Esto significa que el acusado tiene incluso derecho a mentir al tribunal porque el tribunal ya sabe que no est\u00e1 obligado a decir verdad.<\/strong><\/p>\n<h4>Mentira 2<\/h4>\n<p>\u201cPaola fue v\u00edctima de un secuestro extorsivo, del que yo me enter\u00e9 10 a\u00f1os m\u00e1s tarde\u201d.<\/p>\n<p>As\u00ed est\u00e1 fundamentada la denuncia que acaba de presentar en el Juzgado Federal N\u00b02. La conjetura del secuestro, se ver\u00e1 m\u00e1s adelante, es parte de un relato verdaderamente de ficci\u00f3n.<\/p>\n<p>En una denuncia ante el Juzgado Federal N\u00ba 2 presentada el 28 de agosto pasado, Lizarralde se\u00f1ala que se presenta con 10 a\u00f1os de demora porque reci\u00e9n ahora ha tenido la posibilidad de leer el expediente completo, en el que viene a descubrir <strong>que consta all\u00ed un incidente de secuestro extorsivo del que nunca se le inform\u00f3 y que fue descartado sin verificaci\u00f3n alguna por parte de las autoridades intervinientes.<\/strong> Marina Acosta (hermana de Paola) recibi\u00f3 mensajes y se hicieron contactos con supuestos secuestradores, seg\u00fan consta en el expediente.<\/p>\n<figure><figcaption>Copia de la denuncia presentada ante el Juzgado Federal N\u00ba 2 por Lizarralde, el pasado 28 de agosto. Imagen: Captura de pantalla<\/figcaption><\/figure>\n<p>Agrega que sus anteriores letrados nunca le refirieron absolutamente nada sobre este incidente, lo que puede ser cierto.<strong> Lo que no es cierto es que Lizarralde o sus abogados se hayan enterado diez a\u00f1os despu\u00e9s del episodio. <\/strong><\/p>\n<p>Quienes siguieron aquel juicio hacen notar que, independientemente de las constancias en el expediente o de lo que le hubieran informado sus abogados, durante el extenso testimonio que brind\u00f3 Marina Acosta en el debate, en el que Lizarralde estaba presente, <strong>se mencion\u00f3 con detalle el episodio que Lizarralde dice ahora desconocer. <\/strong>S\u00f3lo que el propio tribunal decidi\u00f3 que no era un hecho relevante y por lo tanto, no se transcriben estos detalles en la sentencia. Adjunto al final de este art\u00edculo el texto completo de esa sentencia.<\/p>\n<p>Fuentes de la fiscal\u00eda confirman el extremo se\u00f1alando que <strong>\u201cesa cuesti\u00f3n estuvo presente desde el principio\u201d<\/strong> y agregan que adem\u00e1s se ventilaron otra serie de hip\u00f3tesis que manej\u00f3 la fiscal\u00eda actuante. Algunas, hay que decirlo, francamente rid\u00edculas: c<strong>omo que una mujer que hab\u00eda dejado comida servida para su hija y para si misma, se hab\u00eda escapado con un amante dejando en su casa a sus otros dos hijos.<\/strong><\/p>\n<p>Por otra parte, fuentes del juzgado federal confirman que, en aquel momento, <strong>se investig\u00f3 el posible secuestro extorsivo y se descart\u00f3<\/strong>.<\/p>\n<p>Debe hacerse adem\u00e1s una consideraci\u00f3n adicional en este punto. En el momento en el que Marina Acosta recibe los mensajes extorsivos, la desaparici\u00f3n de Paola y su hija no era de conocimiento masivo <strong>pero s\u00ed de muy p\u00fablico conocimiento<\/strong> ya que esa misma tarde se realiz\u00f3 una movilizaci\u00f3n callejera para requerir acci\u00f3n al fiscal. <\/p>\n<p>De hecho, el tel\u00e9fono que se suministraba para aportar informaci\u00f3n sobre el caso,<strong> era el de Marina,<\/strong> por lo que no puede sorprender que estafadores oportunistas hayan intentado aprovechar la desesperaci\u00f3n de la familia.<\/p>\n<h4>Mentira 3<\/h4>\n<p>Debe uno remitirse a la pericia que el nuevo equipo de defensa solicit\u00f3 al Licenciado Prueger. Es <a href=\"https:\/\/institutoprueger.com.ar\/\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\">el responsable del Instituto Prueger<\/a>, que se presenta en su web del siguiente modo: \u201cEl Instituto PRUEGER marca una diferencia sustancial respecto a otras entidades y <strong>es que nuestra direcci\u00f3n est\u00e1 a cargo del Lic. en Criminal\u00edstica m\u00e1s destacado y reconocido del pa\u00eds, el Lic. ENRIQUE PRUEGER,<\/strong> qui\u00e9n cuenta con una enorme experiencia y ha esclarecido casos muy sensibles para nuestra sociedad\u201d. <\/p>\n<p>Por ejemplo, tuvo una intervenci\u00f3n decisiva en la resoluci\u00f3n del \u201cCaso Carrasco\u201d o, m\u00e1s recientemente, una pericia de parte en el caso Santiago Maldonado.<\/p>\n<p>Prueger prepar\u00f3 una pericia con las constancias del caso que lo llevan a presentar una hip\u00f3tesis alternativa, que exculpa a Lizarralde y<strong> que pone en acci\u00f3n a una banda policial con ramificaciones judiciales,<\/strong> y no es que en C\u00f3rdoba no tengamos motivos para sospechar de la existencia de bandas que, efectivamente, existen al interior de la polic\u00eda y de las cuales hemos tenido evidencia palmaria <a href=\"https:\/\/www.cba24n.com.ar\/cordoba\/cuatro-nuevos-detenidos-en-la-causa-por-corrupcion-en-el-servicio-penitenciario_a66eae35f8c8804200d27b1e5\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\">con la detenci\u00f3n de autoridades del servicio penitenciario.<\/a><\/p>\n<p>Ocurre que <strong>\u00e9sta ser\u00eda una banda muy especial:<\/strong>  no solo secuestr\u00f3 a Paola y tortur\u00f3 a su hija (no se entiende con que finalidad) sino que adem\u00e1s, extrajo sangre de la v\u00edctima, con la precauci\u00f3n de incluir anticoagulantes, para luego \u201cplantarla\u201d en lugares inveros\u00edmiles y de dif\u00edcil acceso en la camioneta, en un intervalo de cuatro horas, cuando el veh\u00edculo estaba en el patio de una comisar\u00eda.<\/p>\n<p>Pero adem\u00e1s, debieron hacer inteligencia previa para determinar a qui\u00e9n inculpar y el momento oportuno para hacerlo sin tener forma de prever que, al momento del secuestro, la v\u00edctima estar\u00eda con su hija. Para rematar esta faena, unas 24 horas despu\u00e9s de lo que se estableci\u00f3 en el juicio, se apersonaron en la alcantarilla de Igualdad y Z\u00edpoli para entrar a la misma y \u201cacomodar\u201d el cad\u00e1ver de la v\u00edctima y a su hija sin que nadie los viese.<\/p>\n<p>El perito llega a esas conclusiones haciendo una elecci\u00f3n de la evidencia que quiere considerar y cual quiere descartar. Naturalmente, deja a la justicia la perspectiva de establecer los motivos que tendr\u00eda tal banda para disponer semejante operativo y todo lo relativo a su existencia y prop\u00f3sitos.<\/p>\n<p><strong>Por cuestiones de sensibilidad, este medio elige evitar los detalles que desacreditan esta pericia.<\/strong> La mayor\u00eda ha sido considerada exhaustivamente durante el juicio y las \u201cnovedades\u201d no aportan cuestiones de valor a la luz de lo que ya se conoce y lo que se puede reconstruir. <\/p>\n<p>La justicia deber\u00e1 atenderlas<strong> porque cualquier reo tiene derecho a que se reconsidere su causa,<\/strong> siempre que se sustente en una prueba nueva que por omisi\u00f3n no fue presentada en su momento.<\/p>\n<h4>El caso<\/h4>\n<p>Paola Acosta ten\u00eda 36 a\u00f1os y tres hijos. La m\u00e1s peque\u00f1a ten\u00eda un a\u00f1o y nueve meses cuando Paola logr\u00f3 que la Justicia dictaminase qui\u00e9n era el padre, tras un ADN<\/p>\n<figure><figcaption>Material de archivo de Canal 10<\/figcaption><\/figure>\n<p>La noche del 17 de septiembre de 2014 Gonzalo fue al edificio donde viv\u00edan Paola y su hija, supuestamente para cumplimentar los requisitos de la justicia y llevarle un regalo.<\/p>\n<p>En el juicio se determin\u00f3 que esa misma noche Lizarralde asesin\u00f3 a Paola, intent\u00f3 hacer lo mismo con Martina y las tir\u00f3 en una alcantarilla en Villa Siburu.<\/p>\n<p>El domingo 21 de septiembre, unas 80 horas m\u00e1s tarde, fueron encontradas. La peque\u00f1a estaba deshidratada, ten\u00eda heridas, una fractura, sepsis e hipotermia. Pero sobrevivi\u00f3.<\/p>\n<p>El juicio tuvo un tr\u00e1mite razonablemente ejecutivo, con sentencia de primera instancia en octubre de 2015 pero con un incidente particular: la C\u00e1mara 11 del Crimen, consider\u00f3 que no se trataba de un femicidio, con fundamentos que ofend\u00edan a las v\u00edctimas y desconoc\u00edan por completo la perspectiva de g\u00e9nero para aquel fallo.<\/p>\n<p>Finalmente, en 2017, en un fallo de la Sala Penal del TSJ se establecieron los criterios con que deben ser tratados estos casos, afirmando que en el caso de Paola Acosta medi\u00f3 violencia de g\u00e9nero y se trat\u00f3 de un femicidio.<\/p>\n<h4>Significaci\u00f3n y oportunidad<\/h4>\n<p>Adem\u00e1s de su significado visibilizando la problem\u00e1tica, debe se\u00f1alarse que la sentencia del TSJ en este caso, fij\u00f3 jurisprudencia en una serie de cuestiones vinculadas a la violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>En el compendio <a href=\"https:\/\/www.pensamientopenal.com.ar\/system\/files\/2021\/08\/fallos89465.pdf\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\">\u201cJURISPRUDENCIA DE LA SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE C\u00d3RDOBA SOBRE VIOLENCIA DE G\u00c9NERO (2021)<\/a>, un cuidado extracto de fallos sintetizados y sistematizados tem\u00e1ticamente, en varios cap\u00edtulos, el fallo m\u00e1s citado es<strong> \u201cTSJ, Sala Penal, \u2018Lizarralde\u2019, S. N\u00ba 56, 9\/3\/2017\u201d<\/strong>.<\/p>\n<p>Se lo puede poner en los propios t\u00e9rminos del tribunal, seg\u00fan el voto redactado por el Dr. Sebasti\u00e1n L\u00f3pez Pe\u00f1a: \u201cEn esa tarea, este Tribunal Superior de Justicia debe emprender la revisi\u00f3n de las decisiones judiciales que se refieran a los derechos de las mujeres reconocidos en las convenciones internacionales con jerarqu\u00eda constitucional y legal\u201d. \u201cM\u00e1xime cuando se trata del cuestionamiento a los alcances de una figura legal orientada a satisfacer esos compromisos internacionales,<strong> sobre la que todav\u00eda no hay ning\u00fan pronunciamiento por parte de este Tribunal de casaci\u00f3n provincia<\/strong>l\u201d. Adjunto al final de este art\u00edculo el texto completo de esa sentencia.<\/p>\n<p>En ese contexto, no pasa desapercibido el momento en el que Lizarralde y su equipo eligen intentar que se revise la sentencia. Trat\u00e1ndose de un caso emblem\u00e1tico, que en C\u00f3rdoba coincidi\u00f3 con el nacimiento del Movimiento Ni Una Menos, y donde el TSJ fij\u00f3 jurisprudencia sobre los femicidios,<strong> no ser\u00eda raro que la iniciativa adquiera visibilidad e inter\u00e9s por parte de autoridades nacionales que cuestionan la perspectiva de g\u00e9nero en todos los \u00f3rdenes.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El femicidio de Paola Acosta y el intento de asesinato de su peque\u00f1a hija constituyen uno de esos casos que, por sus caracter\u00edsticas, conmueven a la opini\u00f3n p\u00fablica y no se borran f\u00e1cilmente de la memoria popular. Marcan hitos. No s\u00f3lo en C\u00f3rdoba, el caso tuvo amplia cobertura nacional.<br \/>\nLa marcha denominada \u00abNi Una Menos\u00bb se realiz\u00f3 por primera vez el 3 de junio de 2015 en ochenta ciudades de Argentina, pocos meses despu\u00e9s de este brutal femicidio. Sin duda, este caso sum\u00f3 al impulso que adquiri\u00f3 ese movimiento, que a\u00fan perdura y se multiplica.<br \/>\nRevisi\u00f3nLo cierto es que Gonzalo Lizarralde, el femicida condenado, inici\u00f3 un camino con el que espera solicitar al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) la revisi\u00f3n del caso. 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