{"id":1131537,"date":"2024-11-22T10:12:33","date_gmt":"2024-11-22T13:12:33","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/11\/22\/para-el-tsj-en-cordoba-no-pueden-encerrarse-adolescentes-no-punibles\/"},"modified":"2024-11-22T10:12:33","modified_gmt":"2024-11-22T13:12:33","slug":"para-el-tsj-en-cordoba-no-pueden-encerrarse-adolescentes-no-punibles","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/11\/22\/para-el-tsj-en-cordoba-no-pueden-encerrarse-adolescentes-no-punibles\/","title":{"rendered":"Para el TSJ, en C\u00f3rdoba no pueden encerrarse adolescentes no punibles"},"content":{"rendered":"<p>El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de C\u00f3rdoba decidi\u00f3 en una sentencia del 29 de octubre pasado, que no hay ninguna excepci\u00f3n que permita una medida privativa de la libertad en el caso de menores no punibles.<\/p>\n<p>Lo hizo en la sentencia 413, resolviendo un planteo de defensores p\u00fablicos contra el rechazo de un Juzgado Penal Juvenil de un pedido de cese de una medida privativa de la libertad contra un adolescente de 15 a\u00f1os en el Complejo Esperanza.<\/p>\n<p>\u201cA los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes (NNyA) no punibles por su edad se les aplica un sistema distinto respecto de los punibles, con un enfoque diferenciado, basado en un abordaje multidisciplinario, en el que la libertad es la regla absoluta y no deja margen para el encierro\u201d, dice el fallo.<\/p>\n<p>Con el primer voto de la vocal A\u00edda Tarditti -y suscripto luego por Sebasti\u00e1n L\u00f3pez Pe\u00f1a y por Mar\u00eda Martha C\u00e1ceres de Bollati- el TSJ dice que \u201cla libertad es la regla absoluta\u201d.<\/p>\n<p>La cuesti\u00f3n parece cerrar el debate sobre qu\u00e9 puede hacerse hoy, en el marco de las leyes vigentes y las convenciones internacionales suscriptas por Argentina. Probablemente est\u00e9 abriendo la puerta a una creciente campa\u00f1a para modificar la legislaci\u00f3n y bajar la edad de imputabilidad, fogoneada por el gobierno nacional, muy especialmente por la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.<\/p>\n<h4>18 veces<\/h4>\n<p>En este antecedente, y con el enfoque de \u201cabordaje multidisciplinario\u201d propuesto en aquel fallo, se funda la jueza Penal Juvenil 3 de C\u00f3rdoba, Ileana Benedito, para justificar el rechazo que hizo a un pedido de la Secretar\u00eda de Ni\u00f1ez, Adolescencia y Familia (Senaf).<\/p>\n<p>La SENAF solicit\u00f3 a la jueza que se dictara una medida \u201cexcepcional\u00edsima\u201d que permitiese alojar a un adolescente multirreincidente en el Complejo Esperanza. El caso tom\u00f3 mucha trascendencia p\u00fablica, period\u00edstica y en redes, dado que, tal como la jueza reconoce, hasta el presente, el adolescente en cuesti\u00f3n ya produjo 18 intervenciones judiciales en lo que va del a\u00f1o. Una cada 15 d\u00edas ser\u00eda el promedio.<\/p>\n<p>La jueza Benedito fue entrevistada por Canal 10 y explic\u00f3: \u201cSenaf me dice que lo deje preso, pero no hay lugar en el sistema legal para eso\u201d.<\/p>\n<p>En el caso de agenda p\u00fablica, la \u00faltima vez que fue detenido el joven fue el mi\u00e9rcoles pasado luego de chocarle el auto a un chofer de una aplicaci\u00f3n a quien se lo hab\u00eda sustra\u00eddo junto con otro adolescente en barrio Marqu\u00e9s Anexo, de la ciudad de C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>La colisi\u00f3n se produjo luego de una extensa persecuci\u00f3n con m\u00f3viles policiales. Y en las \u00faltimas horas, en un control, uno de ellos volvi\u00f3 a ser detenido por la Polic\u00eda porque deb\u00eda estar en una residencia de menores y se encontraba en la calle. Fue devuelto al mismo lugar: en rigor, no cometi\u00f3 ning\u00fan delito ni falta; es una residencia abierta.<\/p>\n<p>La jueza sostuvo en este caso que \u201ctoda persona que es menor de edad es vulnerable en esencia porque su personalidad est\u00e1 en desarrollo, no se la puede responsabilizar como a un mayor. Entre una medida privativa de la libertad y la impunidad, hay un tercer camino. Entiendo que la gente tiende a ver que, si una persona no es detenida, lo otro equivale a impunidad, pero este tercer camino es posible y plantea un abordaje diferente, es un camino m\u00e1s largo, con m\u00faltiples intervenciones. Y, a su vez, hay en el Poder Judicial programas de mediaci\u00f3n y de justicia restaurativa, en los que bien podr\u00eda encuadrarse un caso con menores no punibles, que nunca llegar\u00e1n a un juicio, pero s\u00ed se puede generar una responsabilidad de una manera distinta\u201d.<\/p>\n<p><strong>El debate est\u00e1 abierto.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de C\u00f3rdoba decidi\u00f3 en una sentencia del 29 de octubre pasado, que no hay ninguna excepci\u00f3n que permita una medida privativa de la libertad en el caso de menores no punibles.<br \/>\nLo hizo en la sentencia 413, resolviendo un planteo de defensores p\u00fablicos contra el rechazo de un Juzgado Penal Juvenil de un pedido de cese de una medida privativa de la libertad contra un adolescente de 15 a\u00f1os en el Complejo Esperanza.<br \/>\n\u201cA los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes (NNyA) no punibles por su edad se les aplica un sistema distinto respecto de los punibles, con un enfoque diferenciado, basado en un abordaje multidisciplinario, en el que la libertad es la regla absoluta y no deja margen para el encierro\u201d, dice el fallo.<br \/>\nCon el primer voto de la vocal A\u00edda Tarditti -y suscripto luego por Sebasti\u00e1n L\u00f3pez Pe\u00f1a y por Mar\u00eda Martha C\u00e1ceres de Bollati- el TSJ dice que \u201cla libertad es la regla absoluta\u201d.<br \/>\nLa cuesti\u00f3n parece cerrar el debate sobre qu\u00e9 puede hacerse hoy, en el marco..<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1131538,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/720-823.jpe","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1131537"}],"collection":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1131537"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1131537\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1131538"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1131537"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1131537"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1131537"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}