{"id":1134180,"date":"2024-11-29T15:12:37","date_gmt":"2024-11-29T18:12:37","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/11\/29\/muerte-evitable-la-justicia-de-cordoba-exhorta-a-prohibir-las-fiestas-electronicas\/"},"modified":"2024-11-29T15:12:37","modified_gmt":"2024-11-29T18:12:37","slug":"muerte-evitable-la-justicia-de-cordoba-exhorta-a-prohibir-las-fiestas-electronicas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2024\/11\/29\/muerte-evitable-la-justicia-de-cordoba-exhorta-a-prohibir-las-fiestas-electronicas\/","title":{"rendered":"Muerte evitable: la Justicia de C\u00f3rdoba exhorta a prohibir las fiestas electr\u00f3nicas"},"content":{"rendered":"<p>La causa por la muerte de Tania Abrile, <strong>una muerte que pudo evitarse<\/strong>, concluy\u00f3 el 1 de noviembre <a href=\"https:\/\/www.cba24n.com.ar\/cordoba\/caso-tania-abrile--juicio-abreviado-y-multa-economica-para-los-acusados_a6724e1fcab84217ed24f0e3e\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\">al acordar todas las partes el juicio abreviado con reconocimiento de culpabilidad de los cuatro imputados.<\/a> La sentencia conden\u00f3 a los imputados Iv\u00e1n Aballay, H\u00e9ctor O. Baistrocchi, Mario A. Novaro y Walter F. Barreto por aquella muerte en una fiesta electr\u00f3nica organizada en el Estadio Orfeo Superdomo.<\/p>\n<p>Sin embargo, las fiestas electr\u00f3nicas siguen siendo una realidad palpable y permanente en el universo del entretenimiento en todas latitudes y, por supuesto, en C\u00f3rdoba tambi\u00e9n. Nada indica que sea una actividad que est\u00e9 declinando.<\/p>\n<p>De hecho, <a href=\"https:\/\/www.facebook.com\/@BuenasNochesPro\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\">en el Facebook de \u201cBuenas Noches Producciones\u201d<\/a>, la organizaci\u00f3n responsable del fat\u00eddico evento, se puede ver publicidad de otros eventos, pese a que quienes eran los propietarios al momento del incidente, han aceptado que no desarrollar\u00e1n ninguna actividad vinculada con estas fiestas.<\/p>\n<p>Una b\u00fasqueda r\u00e1pida permite constatar que mientras se escribe este art\u00edculo se promocionan no menos de tres eventos durante el fin de semana pr\u00f3ximo<a href=\"https:\/\/www.instagram.com\/movidaelectronicacordoba\/?hl=es\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\"> en uno s\u00f3lo de los sitios especializados consultados.<\/a><\/p>\n<h4>Exhortar a prohibir<\/h4>\n<p>Fechados el 26 de noviembre, se conocieron los fundamentos del fallo que determin\u00f3 que 3 de los imputados recuperaran su libertad y uno recibiese condena de ocho a\u00f1os, con cumplimiento domiciliario por razones de salud.<\/p>\n<p>En ellos, la C\u00e1mara Criminal y Correccional de 6\u00b0 Nominaci\u00f3n de la ciudad de C\u00f3rdoba exhorta a las autoridades del Poder Ejecutivo municipal, del Concejo Deliberante de C\u00f3rdoba y a los tribunales de faltas municipales<strong> a \u201cno autorizar y prohibir\u201d la realizaci\u00f3n de fiestas electr\u00f3nicas debido a las muertes que ocasionan.<\/strong><\/p>\n<p>Dispuso tambi\u00e9n informar de ello al Superior Gobierno de la Provincia de C\u00f3rdoba y pedir medidas de coordinaci\u00f3n entre todos los municipios y comunas para evitar que las actividades se trasladen a municipio vecinos de los que impidan las actividades.<\/p>\n<p>\u201cHa quedado demostrado que se trata de <strong>una actividad de comprobada, inevitable y de grave riesgo para la salud y vida<\/strong> de nuestros j\u00f3venes que, adem\u00e1s,<strong> difunde una cultura de consumo<\/strong> y la propia ingesta de sustancias sumamente nocivas para su salud y vida, <strong>con claro beneficio para las organizaciones criminales que se encargan de su producci\u00f3n y comercializaci\u00f3n\u201d<\/strong>, se\u00f1ala el voto redactado por el camarista Enrique Buteler, al que adhirieron sus colegas Pablo Brand\u00e1n y Esteban D\u00edaz Reyna.<\/p>\n<p>La sentencia resalta que todo ello ha sido demostrado por la numerosa prueba reunida en la causa, que da cuenta de la vinculaci\u00f3n de estos eventos con el consumo y la difusi\u00f3n de esta clase de drogas, y sus graves peligros para la vida de las personas.<\/p>\n<p>Los jueces llamaron la atenci\u00f3n sobre las medidas sanitarias excepcionales que se adoptan para la habilitaci\u00f3n de estos eventos, propias de actividades de alto riesgo (shock room, consultorios m\u00e9dicos, la presencia de numerosos m\u00e9dicos y enfermeros, servicios de ambulancias, socorristas, etc.) como as\u00ed tambi\u00e9n la exigencia de puestos de hidrataci\u00f3n; pues ello, \u00fanicamente puede asociarse con la previsi\u00f3n de consumo de esas sustancias, con sus serios riesgos para la vida y salud de sus asistentes.<\/p>\n<p>En cuanto al valor de los controles para neutralizar esos riesgos, los camaristas subrayaron el fracaso que han mostrado todas las formas de prevenci\u00f3n que se intentaron durante los ocho a\u00f1os posteriores al hecho juzgado, ocurrido en 2016.<\/p>\n<p>Se\u00f1alaron que estas medidas no lograron acabar con la seguidilla de muertes producidas; <a href=\"https:\/\/www.cba24n.com.ar\/espectaculos\/tragedia-en-el-show-de-musica-electronica--el-mensaje-de-hernan-cattaneo_a667308ba936dbbd46acaa882\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\">incluida la de Mara Pereyra, ocurrida este a\u00f1o en C\u00f3rdoba<\/a>, en una fiesta electr\u00f3nica organizada por la misma empresa responsable del evento juzgado y habilitada por la misma municipalidad que autoriz\u00f3 la que ocasion\u00f3 la muerte de Tania Abrile.<\/p>\n<h4>Cuesti\u00f3n de g\u00e9nero<\/h4>\n<p>Los fundamentos se\u00f1alan que<strong> la exhortaci\u00f3n no se relaciona con el g\u00e9nero musical en s\u00ed<\/strong>, sino con los contextos espec\u00edficos que se despliegan en estos eventos, donde se crean ambientes <strong>\u201cdefinidos por una combinaci\u00f3n de factores sociales, culturales y ambientales\u201d <\/strong>que al integrarse tienen estas graves repercusiones en la incentivaci\u00f3n y producci\u00f3n del consumo de estas sustancias.<\/p>\n<p>Destacaron que se demostr\u00f3 en la investigaci\u00f3n que predomina una subcultura en la que el consumo se vive como parte misma de la propia experiencia electr\u00f3nica. Algo que, puesto en relaci\u00f3n con los sentimientos de empat\u00eda o conexi\u00f3n emocional, desinhibici\u00f3n y placer que produce el \u201c\u00e9xtasis\u201d, conduce a compartir la propia droga; incluso, gratuitamente, seg\u00fan surge en la causa. Lo cual, impacta en su naturalizaci\u00f3n porque \u201ctodos lo hacen\u201d.<\/p>\n<p>Apuntan tambi\u00e9n a la particular vulnerabilidad de los j\u00f3venes asistentes debido a la combinaci\u00f3n de est\u00edmulos que generan en estos eventos sofisticados sistemas de luces que se sincronizan con ritmos repetitivos e intensos reproducidos a un gran volumen.<\/p>\n<p>Se\u00f1alan que ello incrementa las sensaciones subjetivas que generan estas drogas, por sus efectos de sensibilizaci\u00f3n ante esta clase de est\u00edmulos, lo que se combina con la resistencia, falta de percepci\u00f3n del cansancio y del dolor que tambi\u00e9n otorgan y posibilitan soportar el despliegue f\u00edsico intenso que reclama bailar a ese ritmo en las largas horas de duraci\u00f3n de los eventos.<\/p>\n<h4>Habilitar o prohibir<\/h4>\n<p>Con referencia espec\u00edfica a los problemas que produce la habilitaci\u00f3n de estos eventos, los camaristas subrayaron su repercusi\u00f3n en procesos sociales de normalizaci\u00f3n, desensibilizaci\u00f3n y habituaci\u00f3n a estos riesgos por \u201cel incentivo para asistir que supone su legalizaci\u00f3n debido a la confianza que tiene la poblaci\u00f3n en las decisiones que adoptan los entes estatales encargados de velar por el bien com\u00fan\u201d. <\/p>\n<p>Agregan que el desarrollo de esta subcultura y la base de consumidores, tiene efectos negativos <strong>tambi\u00e9n en \u00e1mbitos clandestinos.<\/strong><\/p>\n<p>Finalmente, ante el beneficio que todo ello implica para las organizaciones que producen y comercializan estas sustancias, la sentencia recuerda que desde hace ya d\u00e9cadas, la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n (CSJN) ha reiterado, con distintas integraciones, incluso al tratar la despenalizaci\u00f3n de la tenencia para el consumo personal en \u00e1mbitos de privacidad,<strong> que la droga constituye una \u201cplaga, desastrosa por su paulatina extensi\u00f3n hacia sectores menos protegidos de la sociedad\u201d.<\/strong><\/p>\n<h4>Preliminares de un conflicto<\/h4>\n<p>La Municipalidad de C\u00f3rdoba confirm\u00f3 a la cronista Paula Martini del Multimedios SRT que reci\u00e9n<strong> esperan recibir el exhorto formal de la justicia cordobesa entre lunes y martes<\/strong> de la semana pr\u00f3xima.<br \/>Entonces podr\u00e1n poner la situaci\u00f3n en consideraci\u00f3n del departamento jur\u00eddico para decidir el temperamento que adoptar\u00e1n en el futuro frente a las solicitudes de autorizaci\u00f3n de fiestas electr\u00f3nicas.<\/p>\n<p>Cba24n consult\u00f3 con el Doctor Horacio Etchichury, profesor de la Facultad de Derecho e investigador de Conicet quien, en opini\u00f3n preliminar se\u00f1al\u00f3: &quot;Al leer el comunicado del Poder Judicial, surge la pregunta sobre el alcance de la exhortaci\u00f3n que se hace a las autoridades, <strong>para saber si las obliga o si es simplemente un consejo de cumplimiento voluntario&quot;,<\/strong> precisamente una de las cuestiones que considerar\u00e1n los abogados de los municipios.<\/p>\n<p>La segunda cuesti\u00f3n sobre la que llama la atenci\u00f3n Etchichury es sobre la a<strong>usencia de referencias \u201ca la vasta producci\u00f3n cient\u00edfica sobre la problem\u00e1tica de las drogas en la fundamentaci\u00f3n de su propuesta\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>Desde esta redacci\u00f3n, a\u00f1adimos m\u00e1s preguntas:<\/p>\n<p>\u00bfEl temperamento deber\u00eda extenderse a todos los eventos que requieren autorizaci\u00f3n municipal y en los que se producen muertes? \u00bfEl exhorto deber\u00eda alcanzar entonces a eventos musicales de otros g\u00e9neros y a espect\u00e1culos tambi\u00e9n deportivos?<\/p>\n<p>El fundamento cita las medidas sanitarias excepcionales que se adoptan para la habilitaci\u00f3n de estos eventos, precisamente medidas que surgen de un paradigma que prefiere acompa\u00f1ar y cuidar estos eventos (<a href=\"https:\/\/hri.global\/what-is-harm-reduction\/spanish\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\">\u201creducci\u00f3n de da\u00f1os\u201d<\/a>) en lugar de prohibirlos para que terminen ocurriendo sin ning\u00fan control ni exigentes medidas.<\/p>\n<p><strong>\u00bfSe viene un cambio de paradigma en cuanto a la prevenci\u00f3n y cuidados?<\/strong><\/p>\n<p>SE ADJUNTA EL TEXTO INTEGRAL DE LA SENTENCIA<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La causa por la muerte de Tania Abrile, una muerte que pudo evitarse, concluy\u00f3 el 1 de noviembre al acordar todas las partes el juicio abreviado con reconocimiento de culpabilidad de los cuatro imputados. La sentencia conden\u00f3 a los imputados Iv\u00e1n Aballay, H\u00e9ctor O. Baistrocchi, Mario A. Novaro y Walter F. Barreto por aquella muerte en una fiesta electr\u00f3nica organizada en el Estadio Orfeo Superdomo.<br \/>\nSin embargo, las fiestas electr\u00f3nicas siguen siendo una realidad palpable y permanente en el universo del entretenimiento en todas latitudes y, por supuesto, en C\u00f3rdoba tambi\u00e9n. Nada indica que sea una actividad que est\u00e9 declinando.<br \/>\nDe hecho, en el Facebook de \u201cBuenas Noches Producciones\u201d, la organizaci\u00f3n responsable del fat\u00eddico evento, se puede ver publicidad de otros eventos, pese a que quienes eran los propietarios al momento del incidente, han aceptado que no desarrollar\u00e1n ninguna actividad vinculada con estas fiestas.<br \/>\nUna b\u00fasqueda r\u00e1pida permite constatar que mientras se escribe este a..<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1134181,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/720-1111.jpe","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1134180"}],"collection":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1134180"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1134180\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1134181"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1134180"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1134180"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1134180"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}