{"id":1188584,"date":"2025-06-02T12:42:35","date_gmt":"2025-06-02T15:42:35","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2025\/06\/02\/sentenciaron-a-18-anos-de-prision-a-ernesto-nabo-barreiro-en-cordoba\/"},"modified":"2025-06-02T12:42:35","modified_gmt":"2025-06-02T15:42:35","slug":"sentenciaron-a-18-anos-de-prision-a-ernesto-nabo-barreiro-en-cordoba","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2025\/06\/02\/sentenciaron-a-18-anos-de-prision-a-ernesto-nabo-barreiro-en-cordoba\/","title":{"rendered":"Sentenciaron a 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n a Ernesto \u201cNabo\u201d Barreiro en C\u00f3rdoba"},"content":{"rendered":"<p>El excapit\u00e1n <strong>Ernesto Guillermo \u201cNabo\u201d Barreiro<\/strong> fue sentenciado este lunes a 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n por el secuestro de dos v\u00edctimas por parte del personal del III Cuerpo del Ej\u00e9rcito, ocurridas a fines de agosto de 1978, que estuvieron en cautiverio en centros clandestinos de detenci\u00f3n hasta septiembre de ese mismo a\u00f1o. <\/p>\n<p>Seg\u00fan la acusaci\u00f3n, all\u00ed fueron torturadas por el imputado y otras personas a\u00fan no identificadas. El \u00fanico imputado que lleg\u00f3 a esta instancia es el excapit\u00e1n; algunos murieron, otros lograron evadir la justicia. Por sus condenas previas, solicitaron la pena \u00fanica de prisi\u00f3n perpetua.<\/p>\n<p>Los auxiliares fiscales <strong>Facundo Trotta<\/strong> y <strong>Mar\u00eda Laura Bazo Queirolo<\/strong><a href=\"https:\/\/www.fiscales.gob.ar\/lesa-humanidad\/cordoba-solicitaron-18-anos-de-prision-para-un-exintegrante-del-destacamento-141-por-privacion-ilegitima-de-la-libertad-e-imposicion-de-tormentos-agravados\/\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\"> hab\u00edan solicitado al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N\u00b03 de C\u00f3rdoba una pena de 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n <\/a>para el excapit\u00e1n del Destacamento 141 de Inteligencia Ernesto Guillermo Barreiro, como presunto autor mediato intermedio de la privaci\u00f3n ileg\u00edtima de la libertad agravada y la imposici\u00f3n de tormentos agravados, en concurso real, en perjuicio de dos v\u00edctimas. \u201cMuy buen fallo. Todo como lo pedimos\u201d, dijo Trotta al finalizar el juicio.<\/p>\n<p>Se trata del primer juicio de lesa humanidad <a href=\"https:\/\/www.cba24n.com.ar\/cordoba\/comenzo-un-nuevo-juicio-por-delitos-de-lesa-humanidad-en-cordoba_a6821fec6797bc91ce62fa135\" rel=\"noreferrer noopener\" target=\"_blank\">que se realiza desde el 12 de mayo \u00faltimo<\/a> ante este tribunal, que estuvo integrado por los jueces Facundo Zapiola, Mar\u00eda Cristina Giordano y Mar\u00eda Noel Costa. Trotta y Bazo Queirolo requirieron adem\u00e1s que, dado que Barreiro cuenta con tres condenas previas que, al ser declarado culpable en este debate, se le unifica con las anteriores una pena \u00fanica de prisi\u00f3n perpetua e inhabilitaci\u00f3n absoluta.<\/p>\n<h4>Los hechos<\/h4>\n<p>En agosto de 1978, integrantes del Tercer Cuerpo de Ej\u00e9rcito que a\u00fan no pudieron ser identificados, privaron ileg\u00edtimamente de la libertad a Carlos Alberto y Luis Roberto Civili, en cercan\u00edas del III Cuerpo de Ej\u00e9rcito. Las v\u00edctimas hab\u00edan viajado desde Tucum\u00e1n -donde resid\u00edan- y se encontraban all\u00ed porque hab\u00edan ido a presenciar el \u201csalto de bautismo&quot; de su hermano Jaime Dar\u00edo Civili, quien cumpl\u00eda con el servicio militar obligatorio en el Regimiento 14 Aerotransportada.<\/p>\n<p>Una vez capturados, los hermanos fueron llevados a instalaciones militares que no pudieron ser identificadas, y luego de unas diez horas, fueron reducidos por personal no individualizado, que luego de maniatarlos y vendarles los ojos, los trasladarlos a las instalaciones del centro clandestino de detenci\u00f3n Campo La Ribera, en cuyas dependencias se desempe\u00f1aba el imputado Barreiro, como integrante del Destacamento de Inteligencia 141 del Ej\u00e9rcito Argentino.<\/p>\n<p>En ese sitio, las v\u00edctimas fueron mantenidas cautivas subrepticiamente hasta los primeros d\u00edas de septiembre de 1978, cuando recuperaron su libertad.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la imputaci\u00f3n, durante el cautiverio en el Campo La Ribera, Barreiro -jefe de la Secci\u00f3n Primero o Pol\u00edtica-, junto con otros integrantes del Destacamento 141 de Inteligencia no identificados, sometieron a las v\u00edctimas a constantes torturas f\u00edsicas y ps\u00edquicas. <\/p>\n<p>De acuerdo a lo reconstruido por el MPF, los obligaron a permanecer con los ojos vendados y acostadas en colchonetas sobre el piso, con la prohibici\u00f3n de moverse y\/o comunicarse con los dem\u00e1s secuestrados. Adem\u00e1s, los privaron de una alimentaci\u00f3n, higiene y atenci\u00f3n m\u00e9dica adecuada. Tambi\u00e9n ocultaron a ambos detenidos informaci\u00f3n fidedigna respecto al lugar donde estaban y la causa de su detenci\u00f3n, autoridades intervinientes, procedimiento seguido y destino que se les habr\u00eda de imponer, y las forzaron a escuchar gritos y lamentos de otras personas que eran all\u00ed torturadas.<\/p>\n<p><strong>Despu\u00e9s de diez d\u00edas de detenci\u00f3n, a ambos hermanos se les dijo que \u201chab\u00edan llegado sus informes\u201d y que de all\u00ed surg\u00eda que se trataba de \u201cciudadanos honorables\u201d<\/strong>, por lo que les pidieron disculpas y les manifestaron que les iban a devolver todas sus pertenencias, lo que as\u00ed ocurri\u00f3, con la excepci\u00f3n del rollo de una c\u00e1mara de fotos que ten\u00edan al momento de su detenci\u00f3n.<\/p>\n<p>De acuerdo a su relato, cuando ya se estaban retirando, la persona que los hab\u00eda recibido alz\u00f3 la voz y les dijo: \u201c\u00a1Una cosa m\u00e1s!, traten de olvidar que estuvieron aqu\u00ed, no es conveniente comentar estas cosas\u201d.<\/p>\n<p>Esa misma noche los subieron vendados a un cami\u00f3n, en el que los hicieron acostar, y luego de aproximadamente una hora de viaje, el veh\u00edculo se detuvo y fueron obligados a bajar mientras les advirtieron que no se quitaran las vendas hasta tanto ya no escucharan el motor del cami\u00f3n, orden que acataron.<\/p>\n<p>Luego de caminar encontraron una casa, golpearon las manos y preguntaron c\u00f3mo llegar a la ciudad de C\u00f3rdoba y as\u00ed pudieron llegar al hotel donde se hospedaban, recogieron sus cosas y regresaron a Tucum\u00e1n. Lo sucedido solamente se lo contaron a algunas personas, bajo juramento de no decir nunca nada a nadie.<\/p>\n<p>La acusaci\u00f3n sostiene que mientras dur\u00f3 su detenci\u00f3n ilegal, las v\u00edctimas recibieron adem\u00e1s comentarios denigrantes y amenazas de parte de sus victimarios y fueron interrogadas en sesiones con diversos tratos crueles, con el objeto de menoscabar su resistencia moral para acceder a la informaci\u00f3n que pudieran aportar en relaci\u00f3n a militantes e infraestructura de distintas organizaciones y agrupaciones.<\/p>\n<p>La planificaci\u00f3n, dise\u00f1o, supervisi\u00f3n y suministro de recursos materiales necesarios para la perpetraci\u00f3n de estos hechos y para asegurar su impunidad estuvo a cargo de funcionarios jer\u00e1rquicos del Ej\u00e9rcito Argentino, que a la fecha se encuentran fallecidos.<\/p>\n<h4>El alegato del MPF y el pedido de penas<\/h4>\n<p>Al momento de su intervenci\u00f3n, Bazo Queirolo destac\u00f3 la particularidad de que llegara a juicio un \u00fanico imputado \u201cya que el resto de los responsables de los il\u00edcitos cometidos en contra de las v\u00edctimas se encuentran fallecidos\u201d. Y agreg\u00f3 que con ello quer\u00eda se\u00f1alar que \u201cel se\u00f1or Barreiro no ha sido el \u00fanico responsable del padecimiento de las v\u00edctimas, sino que es el \u00fanico que ha llegado vivo a esta instancia\u201d.<\/p>\n<p>Lo mismo remarc\u00f3 \u201ccon las v\u00edctimas-testigos en este tipo de procesos, toda vez que el tiempo tambi\u00e9n transcurre para ellos\u201d. Por ello destac\u00f3 que \u201csus declaraciones testimoniales constituyen el elemento m\u00e1s importante del material probatorio, toda vez que sus relatos nos permiten reconstruir el funcionamiento del sistema represivo, de los centros clandestinos de detenci\u00f3n, brind\u00e1ndonos detalles de lugares, de apodos y de praxis internas, nombres de otras v\u00edctimas, traslados que, sumado a dem\u00e1s elementos probatorios, nos permiten sostener la verdad de los hechos\u201d.<\/p>\n<p>A su turno, Trotta consider\u00f3 probada la participaci\u00f3n de Barreiro a partir de la prueba documental, entre la que se encontraban el legajo personal del excapit\u00e1n que detalla su rol, jerarqu\u00eda y funciones en el Destacamento 141, lo que confirmaba su responsabilidad en el funcionamiento de Campo La Ribera.<\/p>\n<p>Al mismo tiempo, el auxiliar fiscal destac\u00f3 los testimonios de v\u00edctimas sobrevivientes que aportaron detalles sobre el accionar represivo de Barreiro, su participaci\u00f3n en interrogatorios, torturas y decisiones sobre el destino de los prisioneros. Estos testigos dieron por acreditado el rol del imputado como jefe de la Secci\u00f3n Pol\u00edtica y su presencia en centros clandestinos como La Perla y Campo La Ribera.<\/p>\n<p>\u201cBarreiro y quienes llevaron a cabo estos cr\u00edmenes que estamos juzgando eran funcionarios p\u00fablicos, por su pertenencia al Ej\u00e9rcito argentino. Si bien entre ellos exist\u00edan diferencias jerarqu\u00edas, todos y cada uno de ellos estaban alineados detr\u00e1s de una \u00fanica misi\u00f3n: aniquilar el accionar subversivo. \u00bfC\u00f3mo iban a lograr este cometido? Estableciendo directivas y reglamentos, dividiendo zonas, reuniendo informaci\u00f3n, hasta aqu\u00ed sus tareas formales\u201d, repas\u00f3 Trotta.<\/p>\n<p>El representante del Ministerio P\u00fablico Fiscal tambi\u00e9n describi\u00f3 \u201cun accionar verbal, secreto, que solo observaba parcialmente el orden formal, que b\u00e1sicamente consist\u00eda en privar ileg\u00edtimamente de la libertad a quienes calificaban como \u2018enemigos\u2019, trasladarlos a centros clandestinos de detenci\u00f3n, mantenerlos en condiciones de vida inhumana, interrogarlos bajo tormento para obtener informaci\u00f3n y, finalmente, en muchos casos, asesinarlos haciendo desaparecer sus cuerpos o fraguando supuestos enfrentamientos armados\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, agreg\u00f3: \u201cEsta tarea se llev\u00f3 a cabo con una precisi\u00f3n met\u00f3dica, propia de un plan sistem\u00e1tico. Barreiro form\u00f3 parte de este sistema represivo dispuestos por las Fuerzas Armadas y cumpli\u00f3 un rol central en la jurisdicci\u00f3n de C\u00f3rdoba\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El excapit\u00e1n Ernesto Guillermo \u201cNabo\u201d Barreiro fue sentenciado este lunes a 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n por el secuestro de dos v\u00edctimas por parte del personal del III Cuerpo del Ej\u00e9rcito, ocurridas a fines de agosto de 1978, que estuvieron en cautiverio en centros clandestinos de detenci\u00f3n hasta septiembre de ese mismo a\u00f1o.<br \/>\nSeg\u00fan la acusaci\u00f3n, all\u00ed fueron torturadas por el imputado y otras personas a\u00fan no identificadas. El \u00fanico imputado que lleg\u00f3 a esta instancia es el excapit\u00e1n; algunos murieron, otros lograron evadir la justicia. Por sus condenas previas, solicitaron la pena \u00fanica de prisi\u00f3n perpetua.<br \/>\nLos auxiliares fiscales Facundo Trotta y Mar\u00eda Laura Bazo Queirolo hab\u00edan solicitado al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N\u00b03 de C\u00f3rdoba una pena de 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n para el excapit\u00e1n del Destacamento 141 de Inteligencia Ernesto Guillermo Barreiro, como presunto autor mediato intermedio de la privaci\u00f3n ileg\u00edtima de la libertad agravada y la imposici\u00f3n de tormentos agravados, en concurso ..<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1188585,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/720-45.jpe","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1188584"}],"collection":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1188584"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1188584\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1188585"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1188584"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1188584"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1188584"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}