{"id":1191284,"date":"2025-06-09T13:52:54","date_gmt":"2025-06-09T16:52:54","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2025\/06\/09\/avanza-la-motosierra-el-gobierno-nacional-elimino-el-plan-procrear\/"},"modified":"2025-06-09T13:52:54","modified_gmt":"2025-06-09T16:52:54","slug":"avanza-la-motosierra-el-gobierno-nacional-elimino-el-plan-procrear","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2025\/06\/09\/avanza-la-motosierra-el-gobierno-nacional-elimino-el-plan-procrear\/","title":{"rendered":"Avanza la motosierra: el Gobierno nacional elimin\u00f3 el plan Procrear"},"content":{"rendered":"<p>Este lunes se conoci\u00f3 que el Gobierno nacional <strong>avanz\u00f3 en la disoluci\u00f3n del<\/strong> Fondo Fiduciario P\u00fablico del Programa Cr\u00e9dito Argentino del Bicentenario para la Vivienda \u00danica Familiar <strong>(Pro.Cre.Ar),<\/strong> al publicar los mecanismos operativos para su cierre definitivo. <\/p>\n<p>La medida fue oficializada mediante la Resoluci\u00f3n 764\/2025 del Ministerio de Econom\u00eda, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 1018\/2024 de noviembre pasado, que hab\u00eda ordenado la extinci\u00f3n del fondo.<\/p>\n<p>En ese sentido, desde el Gobierno apuntaron que <strong>el programa representaba una carga insostenible para las cuentas p\u00fablicas<\/strong> y presentaba inconvenientes en materia de control y ejecuci\u00f3n. Asimismo, <strong>se argument\u00f3 que la financiaci\u00f3n de viviendas corresponde a los bancos comerciales<\/strong>, eliminando as\u00ed la necesidad de una intervenci\u00f3n directa del Estado.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n detalla que la Sindicatura General de la Naci\u00f3n (SIGEN) realiz\u00f3 una auditor\u00eda y entre otras cosas, denunci\u00f3 un irregular funcionamiento del programa. En el informe detallaron demoras en la entrega de unidades, condiciones de habitabilidad deficientes y falta de actualizaci\u00f3n de los manuales de procedimientos. Adem\u00e1s, tambi\u00e9n remarcaron la falta de transparencia y eficacia del programa en sus a\u00f1os de funcionamiento.<\/p>\n<h3><strong>Los n\u00fameros del plan<\/strong><\/h3>\n<p>Seg\u00fan la Secretar\u00eda de Desarrollo Territorial, H\u00e1bitat y Vivienda, entre abril de 2021 y agosto de 2023, con la ejecuci\u00f3n del Procrear II se liquidaron <strong>65 mil cr\u00e9ditos con destino construcci\u00f3n de viviendas.<\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se construyeron m\u00e1s de 4 millones de metros cuadrados, lo que<strong> impact\u00f3 en la generaci\u00f3n y el sostenimiento del empleo formal<\/strong>. Por otro lado, seg\u00fan destacan, se terminaron el 83 por ciento de las viviendas en el marco de los cr\u00e9ditos para la construcci\u00f3n.<\/p>\n<h3><strong>\u00bfQu\u00e9 suceder\u00e1 con los cr\u00e9ditos otorgados?<\/strong><\/h3>\n<p>Desde el Gobierno nacional indicaron que para los cr\u00e9ditos ya otorgados, <strong>el Ministerio de Econom\u00eda firmar\u00e1 un contrato con el Banco Hipotecario S.A.<\/strong> para continuar su administraci\u00f3n. <\/p>\n<p>Esta entidad ser\u00e1 responsable de transferir los fondos recaudados a la Cuenta de Recaudaci\u00f3n del Tesoro Nacional, descontando previamente su retribuci\u00f3n y gastos operativos.<\/p>\n<p>Por otra parte se autoriz\u00f3 a la <strong>Direcci\u00f3n Nacional de Normalizaci\u00f3n Patrimonial <\/strong>a instruir la venta de carteras crediticias con un rendimiento inferior al 40%. Esta direcci\u00f3n tambi\u00e9n tendr\u00e1 a su cargo la supervisi\u00f3n general del proceso y la regularizaci\u00f3n de bienes del fondo.<\/p>\n<p>Respecto a los bienes inmuebles, <strong>el Ministerio de Econom\u00eda podr\u00e1 transferir unidades a provincias, municipios u organismos estatales, previa tasaci\u00f3n oficial.<\/strong> En ese sentido, se acord\u00f3 que, si los terrenos fueron aportados originalmente por gobiernos provinciales o locales, se podr\u00e1 acordar su restituci\u00f3n total o parcial.<\/p>\n<p>Los inmuebles bajo titularidad fiduciaria del Banco Hipotecario que no est\u00e9n vinculados a obras activas ser\u00e1n traspasados a la Agencia de Administraci\u00f3n de Bienes del Estado (AABE), mediante convenios formales con la Secretar\u00eda de Obras P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Las deudas pendientes se saldar\u00e1n con los ingresos provenientes del cobro de cr\u00e9ditos o de la venta de propiedades, en el marco de lo establecido por el contrato de fideicomiso original. El proceso de disoluci\u00f3n respetar\u00e1 las disposiciones de los decretos 1018\/2024 y 695\/24, as\u00ed como de la Resoluci\u00f3n 796\/24.<\/p>\n<p>En tanto, <strong>las causas judiciales vinculadas al programa ser\u00e1n absorbidas por la unidad jur\u00eddica que determine la Subsecretar\u00eda Legal del Ministerio de Econom\u00eda<\/strong>, garantizando as\u00ed la continuidad de la atenci\u00f3n de los compromisos legales del fondo disuelto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este lunes se conoci\u00f3 que el Gobierno nacional avanz\u00f3 en la disoluci\u00f3n del Fondo Fiduciario P\u00fablico del Programa Cr\u00e9dito Argentino del Bicentenario para la Vivienda \u00danica Familiar (Pro.Cre.Ar), al publicar los mecanismos operativos para su cierre definitivo.<br \/>\nLa medida fue oficializada mediante la Resoluci\u00f3n 764\/2025 del Ministerio de Econom\u00eda, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 1018\/2024 de noviembre pasado, que hab\u00eda ordenado la extinci\u00f3n del fondo.<br \/>\nEn ese sentido, desde el Gobierno apuntaron que el programa representaba una carga insostenible para las cuentas p\u00fablicas y presentaba inconvenientes en materia de control y ejecuci\u00f3n. Asimismo, se argument\u00f3 que la financiaci\u00f3n de viviendas corresponde a los bancos comerciales, eliminando as\u00ed la necesidad de una intervenci\u00f3n directa del Estado.<br \/>\nLa resoluci\u00f3n detalla que la Sindicatura General de la Naci\u00f3n (SIGEN) realiz\u00f3 una auditor\u00eda y entre otras cosas, denunci\u00f3 un irregular funcionamiento del programa. En el informe detalla..<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1191285,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/720-389.jpe","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1191284"}],"collection":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1191284"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1191284\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1191285"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1191284"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1191284"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1191284"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}