{"id":1194977,"date":"2025-06-19T14:22:54","date_gmt":"2025-06-19T17:22:54","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2025\/06\/19\/causa-neonatal-el-fallo-reconocio-violencia-institucional-contra-bebes-y-padres\/"},"modified":"2025-06-19T14:22:54","modified_gmt":"2025-06-19T17:22:54","slug":"causa-neonatal-el-fallo-reconocio-violencia-institucional-contra-bebes-y-padres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2025\/06\/19\/causa-neonatal-el-fallo-reconocio-violencia-institucional-contra-bebes-y-padres\/","title":{"rendered":"Causa Neonatal: el fallo reconoci\u00f3 violencia institucional contra beb\u00e9s y padres"},"content":{"rendered":"<p>La sentencia en el juicio por la muerte y graves trastornos sufridos por beb\u00e9s en el per\u00edodo marzo-junio de 2022 determin\u00f3 el reconocimiento de la existencia de violencia institucional por parte del Estado provincial, m\u00e1s all\u00e1 de adjudicar condenas y absoluciones a quienes estaban involucrados en la causa y sobre lo que se ha informado abundantemente.<\/p>\n<p>Los 13 beb\u00e9s y sus progenitores sufrieron actos que conforman violencia institucional, que \u201copera como una calificaci\u00f3n jur\u00eddica transversal que supera la sola tipificaci\u00f3n penal de los hechos para afirmar la responsabilidad estructural del Estado cuando, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n, permite la reiteraci\u00f3n de da\u00f1os grav\u00edsimos en contextos institucionales bajo su tutela\u201d, seg\u00fan explic\u00f3 el abogado Sebasti\u00e1n Miranda. El letrado explic\u00f3 que \u201cse distinguen los sujetos activos, en este caso, agentes del sistema de salud provincial, incluidos funcionarios p\u00fablicos que omitieron denunciar o encubrieron conductas aberrantes; y los sujetos pasivos, beb\u00e9s reci\u00e9n nacidos y sus familias, en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad y bajo cuidado estatal en hospitales p\u00fablicos\u201d. <\/p>\n<p>El especialista aclar\u00f3 que las circunstancias traducidas en los casos que analiz\u00f3 el tribunal determinaron homicidios y tentativas de homicidio mediante procedimientos insidiosos, encubrimientos institucionales, falsificaci\u00f3n de documentaci\u00f3n y omisiones de deberes funcionales. Miranda precis\u00f3 que \u201cla responsabilidad estatal se configura no solo penal-individual, sino tambi\u00e9n estructural, lo que motiv\u00f3 la condena conjunta de la autora material y del Estado provincial en m\u00faltiples demandas civiles resueltas en la misma sentencia\u201d.<\/p>\n<p>Como en los casos de en los que se adjudicaron penas, la calificaci\u00f3n de violencia institucional tambi\u00e9n puede ser materia de apelaci\u00f3n y all\u00ed tendr\u00e1 que resolver el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) sobre la presentaci\u00f3n que se pudiera hacer.<\/p>\n<p>\u201cEl fallo constituye un precedente de importancia al visibilizar la violencia institucional como una categor\u00eda jur\u00eddica aut\u00f3noma, con fundamento en normas constitucionales y de derechos humanos, aun cuando no exista un tipo penal espec\u00edfico denominado \u2018violencia institucional` en el C\u00f3digo Penal argentino\u201d, detall\u00f3 Miranda. Finalmente, explic\u00f3 que \u201cm\u00e1s all\u00e1 de las indemnizaciones concedidas, el fallo otorga una reparaci\u00f3n simb\u00f3lica al calificar sus padecimientos como producto de violencia institucional, lo que visibiliza el car\u00e1cter colectivo, sistem\u00e1tico y estructural del da\u00f1o\u201d.<\/p>\n<p>Cabe recordar que ya se aplic\u00f3 esta jurisprudencia en el fallo del juicio por la muerte de Blas Correas, donde adem\u00e1s de las condenas a los integrantes de la Polic\u00eda provincial, de acuerdo a la participaci\u00f3n que tuvieron y su grado de responsabilidad, se determin\u00f3 la existencia de violencia institucional por parte del Gobierno provincial. Sobre las reparaciones econ\u00f3micas que fueron motivo de cuestionamientos por parte de la defensa de la enfermera Brenda Ag\u00fcero previo la lectura del fallo, situaci\u00f3n que provoc\u00f3 el inmediato rechazo de las madres y padres quienes declararon que \u201cnada pod\u00eda servir para compensar la vida de un hijo\u201d y desafiaron a sus cr\u00edticos a la p\u00e9rdida de un hijo.<\/p>\n<p>Las compensaciones econ\u00f3micas establecidas en la sentencia para las familias variaron en funci\u00f3n de la muerte o da\u00f1os de los reci\u00e9n nacidos y tambi\u00e9n teniendo presente los conceptos de maternidad incumplida, gastos de tratamientos y da\u00f1o extrapatrimonial, sobre los que se realizaron diferentes c\u00e1lculos estar\u00e1n por encima de los 90 millones de pesos y alrededor de 13 millones, seg\u00fan el caso.<\/p>\n<p>Tanto el Gobierno de la provincia de C\u00f3rdoba como a enfermera Brenda Ag\u00fcero, ella adem\u00e1s de su responsabilidad penal adjudicada, tendr\u00e1n que hacer costas civiles al igual que los cinco exfuncionarios que recibieron condenas en el juicio de ayer, aunque no as\u00ed aquellos que fueron absueltos, cuyas demandas civiles fueron rechazadas por el tribunal. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La sentencia en el juicio por la muerte y graves trastornos sufridos por beb\u00e9s en el per\u00edodo marzo-junio de 2022 determin\u00f3 el reconocimiento de la existencia de violencia institucional por parte del Estado provincial, m\u00e1s all\u00e1 de adjudicar condenas y absoluciones a quienes estaban involucrados en la causa y sobre lo que se ha informado abundantemente.<br \/>\nLos 13 beb\u00e9s y sus progenitores sufrieron actos que conforman violencia institucional, que \u201copera como una calificaci\u00f3n jur\u00eddica transversal que supera la sola tipificaci\u00f3n penal de los hechos para afirmar la responsabilidad estructural del Estado cuando, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n, permite la reiteraci\u00f3n de da\u00f1os grav\u00edsimos en contextos institucionales bajo su tutela\u201d, seg\u00fan explic\u00f3 el abogado Sebasti\u00e1n Miranda. 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