{"id":1242641,"date":"2025-12-26T14:57:33","date_gmt":"2025-12-26T17:57:33","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2025\/12\/26\/la-unc-acompano-un-fallo-clave-por-el-derecho-a-la-libertad-reproductiva\/"},"modified":"2025-12-26T14:57:33","modified_gmt":"2025-12-26T17:57:33","slug":"la-unc-acompano-un-fallo-clave-por-el-derecho-a-la-libertad-reproductiva","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2025\/12\/26\/la-unc-acompano-un-fallo-clave-por-el-derecho-a-la-libertad-reproductiva\/","title":{"rendered":"La UNC acompa\u00f1\u00f3 un fallo clave por el derecho a la libertad reproductiva"},"content":{"rendered":"<p>El 25 de noviembre del presente a\u00f1o, la Justicia de C\u00f3rdoba conden\u00f3 al Hospital Materno Neonatal \u201cDr. Ram\u00f3n Carrillo\u201d y al Ministerio de Salud de la provincia por violencias institucionales y restricciones injustificadas al derecho a la libertad reproductiva de mujeres que solicitaban la pr\u00e1ctica de ligadura de trompas.<\/p>\n<p>La sentencia \u2014resultado de una demanda colectiva\u2014 se apoya en testimonios y pruebas documentales que evidencian pr\u00e1cticas sistem\u00e1ticas que imped\u00edan el acceso a la ligadura tubaria a personas con capacidad de gestar residentes en barrios populares.<\/p>\n<p>La demanda, presentada hace m\u00e1s de cinco a\u00f1os, recopil\u00f3 expedientes y relatos que denunciaban la exigencia de requisitos ilegales y obst\u00e1culos administrativos, como la solicitud de documentaci\u00f3n improcedente y autorizaciones de terceros para el consentimiento informado, conocidas como \u201ccartitas de amor\u201d. Estas irregularidades provocaban demoras reiteradas y m\u00faltiples visitas a la instituci\u00f3n, profundizando la situaci\u00f3n de vulnerabilidad de las solicitantes.<\/p>\n<h3><strong>La participaci\u00f3n de la Facultad de Ciencias Sociales<\/strong><\/h3>\n<p>El antecedente m\u00e1s relevante nos retrotrae al a\u00f1o 2020, cuando la Facultad de Ciencias Sociales (FCS) de la UNC solicit\u00f3 ser admitida como amicus curiae en la causa \u201cELA &#8211; Equipo Latinoamericano de Justicia y G\u00e9nero y otro c\/ Hospital Materno Neonatal\u201d. El objetivo fue aportar argumentos y propuestas basadas en la trayectoria de investigaci\u00f3n, extensi\u00f3n y docencia de grado y posgrado de nuestra facultad, desde los enfoques de g\u00e9nero, feminismos e interseccionalidad.<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n recuper\u00f3 experiencias de trabajo conjunto con efectores de los distintos niveles del sistema de salud, del sistema judicial y del sistema educativo, as\u00ed como procesos de formaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n profesional. El documento acercado al tribunal contribuy\u00f3 al reconocimiento de situaciones de vulneraci\u00f3n de derechos sexuales y (no) reproductivos de mujeres y personas con capacidad de gestar, y propuso acciones para prevenir nuevas vulneraciones.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n judicial ordena la implementaci\u00f3n de medidas estructurales para evitar futuras violaciones de derechos, tales como garantizar mayor informaci\u00f3n y transparencia en los procesos, turnos y se\u00f1alizaci\u00f3n adecuados, capacitaci\u00f3n al personal y registros claros de las solicitudes. Asimismo, dispone que el Ministerio de Salud dise\u00f1e mecanismos de supervisi\u00f3n que aseguren el cumplimiento de la sentencia a largo plazo.<\/p>\n<p>La jueza destac\u00f3 la importancia de una perspectiva de g\u00e9nero e interseccionalidad para analizar las situaciones de vulnerabilidad de las usuarias, subrayando que la autonom\u00eda reproductiva debe garantizarse sin barreras indebidas ni requisitos discriminatorios. Si bien se reconocen avances derivados de cambios en la gesti\u00f3n del servicio, persisten denuncias que exigen una vigilancia constante para asegurar un acceso inmediato y sin obst\u00e1culos.<\/p>\n<p>Este fallo constituye un precedente jur\u00eddico relevante en la defensa de la libertad (no) reproductiva y en la lucha contra la violencia institucional en el sistema de salud argentino, y puede impactar en futuras pol\u00edticas y marcos de actuaci\u00f3n vinculados a los derechos reproductivos.<\/p>\n<p>Finalmente, este pronunciamiento reafirma el compromiso de la FCS con la construcci\u00f3n de un espacio acad\u00e9mico abierto, atento a las demandas sociales, que produce conocimiento en di\u00e1logo con colectivos y redes institucionales, y que articula estrategias junto a otras organizaciones sociales en defensa de los derechos conquistados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 25 de noviembre del presente a\u00f1o, la Justicia de C\u00f3rdoba conden\u00f3 al Hospital Materno Neonatal \u201cDr. Ram\u00f3n Carrillo\u201d y al Ministerio de Salud de la provincia por violencias institucionales y restricciones injustificadas al derecho a la libertad reproductiva de mujeres que solicitaban la pr\u00e1ctica de ligadura de trompas.<br \/>\nLa sentencia \u2014resultado de una demanda colectiva\u2014 se apoya en testimonios y pruebas documentales que evidencian pr\u00e1cticas sistem\u00e1ticas que imped\u00edan el acceso a la ligadura tubaria a personas con capacidad de gestar residentes en barrios populares.<br \/>\nLa demanda, presentada hace m\u00e1s de cinco a\u00f1os, recopil\u00f3 expedientes y relatos que denunciaban la exigencia de requisitos ilegales y obst\u00e1culos administrativos, como la solicitud de documentaci\u00f3n improcedente y autorizaciones de terceros para el consentimiento informado, conocidas como \u201ccartitas de amor\u201d. 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