{"id":447589,"date":"2021-04-08T03:07:48","date_gmt":"2021-04-08T06:07:48","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2021\/04\/08\/el-intendente-dispuso-restricciones-horarias-y-otras-medidas-por-14-dias\/"},"modified":"2021-04-13T03:38:03","modified_gmt":"2021-04-13T06:38:03","slug":"el-intendente-dispuso-restricciones-horarias-y-otras-medidas-por-14-dias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2021\/04\/08\/el-intendente-dispuso-restricciones-horarias-y-otras-medidas-por-14-dias\/","title":{"rendered":"EL INTENDENTE DISPUSO RESTRICCIONES HORARIAS Y OTRAS MEDIDAS POR 14 D\u00cdAS"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiaslasvarillas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/04\/DANIELE-3-2.jpg\"\/><\/p>\n<p>Ante el aumento constante de casos de coronavirus, se decretaron medidas que fueron aprobadas por el Concejo Deliberante. A partir de las 00 hs. del jueves 8 hasta el 21 de abril, habr\u00e1 restricciones horarias para la circulaci\u00f3n y se prohibir\u00e1n las reuniones sociales masivas.<\/p>\n<p>Por el plazo de 14 d\u00edas, las actividades tendr\u00e1n horarios establecidos seg\u00fan los d\u00edas de la semana. De lunes a jueves entre las 00:00hs. y hasta las 06:00hs.; viernes a domingos y feriados entre las 02.00 hs. y hasta las 06:00 hs., a excepci\u00f3n de industrias, farmacias y dem\u00e1s servicios esenciales.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se proh\u00edben en cualquier d\u00eda y horario las reuniones  sociales masivas y los restaurantes podr\u00e1n funcionar hasta las 00 hs. bajo cualquier modalidad. <\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, se dispone el seguimiento permanente de las instituciones que alojan a poblaciones vulnerables frente al COVID-19, como las residencias geri\u00e1tricas, institutos o centros de discapacidad, hogares y centros de di\u00e1lisis entre otros, que pudieran funcionar en el municipio.<\/p>\n<p>En el decreto tambi\u00e9n se expresa la necesidad de fortalecer las acciones de vigilancia con el fin de detectar de manera temprana los casos y destaca que las actividades permitidas deber\u00e1n desempe\u00f1arse cumpliendo con los protocolos de higiene y seguridad vigente.<\/p>\n<p>En cuanto al incumplimiento de los horarios establecidos y de los protocolos vigentes para cada una de las actividades habilitadas o la falta de habilitaci\u00f3n Municipal y\/o el desarrollo de la misma fuera de los limites otorgados en cuanto a factor de ocupaci\u00f3n, distanciamiento social y o cualquier otras medidas sanitarias tendiente a evitar la propagaci\u00f3n del virus, ser\u00e1 sancionado con clausura que ser\u00e1 graduada por el juzgado Municipal de Faltas de 01 a 30 d\u00edas seg\u00fan la gravedad de la infracci\u00f3n y la reincidencia del infractor, estando facultado la polic\u00eda municipal a requerir el auxilio de la fuerza p\u00fablica cuando fuere necesario.<\/p>\n<p>En caso de que cambie la situaci\u00f3n sanitaria, se podr\u00e1 modificar el alcance de las medidas dispuestas.  <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante el aumento constante de casos de coronavirus, se decretaron medidas que fueron aprobadas por el Concejo Deliberante. A partir de las 00 hs. del jueves 8 hasta el 21 de abril, habr\u00e1 restricciones horarias para la circulaci\u00f3n y se prohibir\u00e1n las reuniones sociales masivas.<\/p>\n<p>Por el plazo de 14 d\u00edas, las actividades tendr\u00e1n horarios establecidos seg\u00fan los d\u00edas de la semana. De lunes a jueves entre las 00:00hs. y hasta las 06:00hs.; viernes a domingos y feriados entre las 02.00 hs. y hasta las 06:00 hs., a excepci\u00f3n de industrias, farmacias y dem\u00e1s servicios esenciales.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se proh\u00edben en cualquier d\u00eda y horario las reuniones sociales masivas y los restaurantes podr\u00e1n funcionar hasta las 00 hs. bajo cualquier modalidad. <\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, se dispone el seguimiento permanente de las instituciones que alojan a poblaciones vulnerables frente al COVID-19, como las residencias geri\u00e1tricas, institutos o centros de discapacidad, hogares y centros de di\u00e1lisis entre otros, que pudieran funcionar en el municipio.<\/p>\n<p>En el decreto tambi\u00e9n se expresa la necesidad de fortalecer las acciones de vigilancia con el fin de detectar de manera temprana los casos y destaca que las actividades permitidas deber\u00e1n desempe\u00f1arse cumpliendo con los protocolos de higiene y seguridad vigente.<\/p>\n<p>En cuanto al incumplimiento de los horarios establecidos y de los protocolos vigentes para cada una de las actividades habilitadas o la falta de habilitaci\u00f3n Municipal y\/o el desarrollo de la misma fuera de los limites otorgados en cuanto a factor de ocupaci\u00f3n, distanciamiento social y o cualquier otras medidas sanitarias tendiente a evitar la propagaci\u00f3n del virus, ser\u00e1 sancionado con clausura que ser\u00e1 graduada por el juzgado Municipal de Faltas de 01 a 30 d\u00edas seg\u00fan la gravedad de la infracci\u00f3n y la reincidencia del infractor, estando facultado la polic\u00eda municipal a requerir el auxilio de la fuerza p\u00fablica cuando fuere necesario.<\/p>\n<p>En caso de que cambie la situaci\u00f3n sanitaria, se podr\u00e1 modificar el alcance de las medidas dispuestas.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":451225,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[41],"tags":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2021\/04\/DANIELE-3-2.jpg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/447589"}],"collection":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=447589"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/447589\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":448341,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/447589\/revisions\/448341"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/451225"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=447589"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=447589"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=447589"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}