{"id":479705,"date":"2021-05-23T01:16:45","date_gmt":"2021-05-23T04:16:45","guid":{"rendered":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2021\/05\/23\/restricciones-en-las-varillas-las-medidas-entraran-en-vigencia-a-partir-de-las-00-hs-del-domingo\/"},"modified":"2021-05-25T07:18:25","modified_gmt":"2021-05-25T10:18:25","slug":"restricciones-en-las-varillas-las-medidas-entraran-en-vigencia-a-partir-de-las-00-hs-del-domingo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/2021\/05\/23\/restricciones-en-las-varillas-las-medidas-entraran-en-vigencia-a-partir-de-las-00-hs-del-domingo\/","title":{"rendered":"RESTRICCIONES EN LAS VARILLAS: LAS MEDIDAS ENTRAR\u00c1N EN VIGENCIA A PARTIR DE LAS 00 HS. DEL DOMINGO"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiaslasvarillas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CONTROLES-POLICIA.jpg\"\/><\/p>\n<p>Despu\u00e9s de firmar el acta acuerdo entre la Provincia y Municipios para adherir al DNU presidencial que establece las restricciones por la pandemia de Covid-19, la Municipalidad de Las Varillas inform\u00f3 que las medidas comenzar\u00e1n a regir a partir de las 00 hs del domingo 23 de mayo. <\/p>\n<p>En consecuencia, hasta las 23:59 hs de hoy, s\u00e1bado 22 de Mayo, todos los rubros pueden seguir trabajando como hasta el d\u00eda de la fecha, respetando los protocolos de bioseguridad establecidos.<\/p>\n<p>Posteriormente, dio a conocer un comunicado de prensa detallando las medidas a cumplir:<\/p>\n<p><em>La Municipalidad de Las Varillas informa que adhiere a lo dispuesto por el DNU Nacional N\u00b0334\/2021 y DEC. PROVINCIAL N\u00b0 461\/2021 por lo que se informa lo siguiente:<\/em><\/p>\n<p><em>El Departamento San Justo es considerado en estado de alto riesgo sanitario y, en consecuencia, la Ciudad de Las Varillas implementa las medidas sanitarias definidas por la Naci\u00f3n hasta el domingo 30 de mayo inclusive y durante el fin de semana del 5 al 6 de junio.<\/em><\/p>\n<p>\u2713       La circulaci\u00f3n queda limitada de 06:00 de la ma\u00f1ana a 18:00 hs.<\/p>\n<p>\u2713       No est\u00e1n permitidas las reuniones sociales y tampoco pr\u00e1cticas recreativas grupales.<\/p>\n<p>\u2713       Las personas deber\u00e1n permanecer en sus residencias habituales y s\u00f3lo podr\u00e1n desplazarse para cumplir con las actividades laborales permitidas, aprovisionarse de art\u00edculos de limpieza,  medicamentos y alimentos, de art\u00edculos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercan\u00eda a sus domicilios.<\/p>\n<p>\u2713       Se pueden hacer salidas de esparcimiento a los espacios p\u00fablicos de cercan\u00eda al aire libre entre las 06:00 y 18:00 hs. En ning\u00fan caso se pueden realizar reuniones de personas, ni pr\u00e1cticas recreativas grupales en ese lugar.<\/p>\n<p>\u2713       El tr\u00e1nsito interdepartamental est\u00e1 permitido a las personas que realicen tareas esenciales.<\/p>\n<p><strong>Actividades laborales permitidas:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Servicio Meteorol\u00f3gico Nacional, bomberos y control de tr\u00e1fico .<\/li>\n<li>Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales.<\/li>\n<li>Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a ni\u00f1os, a ni\u00f1as o a adolescentes.<\/li>\n<li>Personas que deban atender una situaci\u00f3n de fuerza mayor.<\/li>\n<li>Personas afectadas a la realizaci\u00f3n de servicios funerarios, entierros y cremaciones.<\/li>\n<li>Personas afectadas a la atenci\u00f3n de comedores escolares, comunitarios y merenderos.<\/li>\n<li>Personal que se desempe\u00f1a en los servicios de comunicaci\u00f3n audiovisuales, radiales y gr\u00e1ficos.<\/li>\n<li>Personal afectado a la obra p\u00fablica y a tareas de obra privada impostergables y\/o urgentes.<\/li>\n<li>Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreter\u00edas. Veterinarias. Provisi\u00f3n de garrafas.<\/li>\n<li> Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentaci\u00f3n; de higiene personal y limpieza; de equipamiento m\u00e9dico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.<\/li>\n<li>Actividades vinculadas con la producci\u00f3n, distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n agropecuaria y pesca.<\/li>\n<li>Actividades de telecomunicaciones, internet fija y m\u00f3vil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.<\/li>\n<li>Actividades vinculadas con el comercio exterior.<\/li>\n<li>Recolecci\u00f3n, transporte y tratamiento de residuos s\u00f3lidos urbanos, peligrosos y patog\u00e9nicos.<\/li>\n<li>Mantenimiento de los servicios b\u00e1sicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atenci\u00f3n de emergencias.<\/li>\n<li>Transporte p\u00fablico de pasajeros, transporte de mercader\u00edas, petr\u00f3leo, combustibles y GLP.<\/li>\n<li>Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.<\/li>\n<li>Servicios de lavander\u00eda.<\/li>\n<li>Servicios postales y de distribuci\u00f3n de paqueter\u00eda.<\/li>\n<li>Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.<\/li>\n<li>Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.<\/li>\n<li>Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.<\/li>\n<li>Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompa\u00f1ante, si fuere necesario.<\/li>\n<li>Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupci\u00f3n implique da\u00f1os estructurales en las l\u00edneas de producci\u00f3n y\/o maquinarias.<\/li>\n<li>Producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de biocombustibles.<\/li>\n<li>Servicios esenciales de sanitizaci\u00f3n, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas.<\/li>\n<li>Actividades vinculadas con la producci\u00f3n, distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n forestal y minera.<\/li>\n<li>Talleres para mantenimiento y reparaci\u00f3n de automotores, motocicletas y bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, \u00fanicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.<\/li>\n<li>Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.<\/li>\n<li>Venta de mercader\u00eda ya elaborada de comercios minoristas a trav\u00e9s de plataformas de comercio electr\u00f3nico, venta telef\u00f3nica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y \u00fanicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro.<\/li>\n<li>Industrias que realicen producci\u00f3n para la exportaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>         \u2713       Gastron\u00f3micos solo con delivery hasta las 00.00 hs y take away hasta la 18:00 hs.<\/p>\n<p>Se suspenden DE MANERA PRESENCIAL todas las actividades econ\u00f3micas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, educativas, religiosas y tur\u00edsticas que no est\u00e1n enumeradas como esenciales, se realizar\u00e1n a trav\u00e9s de la modalidad de trabajo remoto y\/o a puertas cerradas con retiro de mercader\u00edas y delivery. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Despu\u00e9s de firmar el acta acuerdo entre la Provincia y Municipios para adherir al DNU presidencial que establece las restricciones por la pandemia de Covid-19, la Municipalidad de Las Varillas inform\u00f3 que las medidas comenzar\u00e1n a regir a partir de las 00 hs del domingo 23 de mayo. <\/p>\n<p>En consecuencia, hasta las 23:59 hs de hoy, s\u00e1bado 22 de Mayo, todos los rubros pueden seguir trabajando como hasta el d\u00eda de la fecha, respetando los protocolos de bioseguridad establecidos.<\/p>\n<p>Posteriormente, dio a conocer un comunicado de prensa detallando las medidas a cumplir:<\/p>\n<p>La Municipalidad de Las Varillas informa que adhiere a lo dispuesto por el DNU Nacional N\u00b0334\/2021 y DEC. PROVINCIAL N\u00b0 461\/2021 por lo que se informa lo siguiente:<\/p>\n<p>El Departamento San Justo es considerado en estado de alto riesgo sanitario y, en consecuencia, la Ciudad de Las Varillas implementa las medidas sanitarias definidas por la Naci\u00f3n hasta el domingo 30 de mayo inclusive y durante el fin de semana del 5 al 6 de junio.<\/p>\n<p>\u2713 La circulaci\u00f3n queda limitada de 06:00 de la ma\u00f1ana a 18:00 hs.<\/p>\n<p>\u2713 No est\u00e1n permitidas las reuniones sociales y tampoco pr\u00e1cticas recreativas grupales.<\/p>\n<p>\u2713 Las personas deber\u00e1n permanecer en sus residencias habituales y s\u00f3lo podr\u00e1n desplazarse para cumplir con las actividades laborales permitidas, aprovisionarse de art\u00edculos de limpieza, medicamentos y alimentos, de art\u00edculos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercan\u00eda a sus domicilios.<\/p>\n<p>\u2713 Se pueden hacer salidas de esparcimiento a los espacios p\u00fablicos de cercan\u00eda al aire libre entre las 06:00 y 18:00 hs. En ning\u00fan caso se pueden realizar reuniones de personas, ni pr\u00e1cticas recreativas grupales en ese lugar.<\/p>\n<p>\u2713 El tr\u00e1nsito interdepartamental est\u00e1 permitido a las personas que realicen tareas esenciales.<\/p>\n<p>Actividades laborales permitidas:<\/p>\n<p>Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Servicio Meteorol\u00f3gico Nacional, bomberos y control de tr\u00e1fico .Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales.Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a ni\u00f1os, a ni\u00f1as o a adolescentes.Personas que deban atender una situaci\u00f3n de fuerza mayor.Personas afectadas a la realizaci\u00f3n de servicios funerarios, entierros y cremaciones.Personas afectadas a la atenci\u00f3n de comedores escolares, comunitarios y merenderos.Personal que se desempe\u00f1a en los servicios de comunicaci\u00f3n audiovisuales, radiales y gr\u00e1ficos.Personal afectado a la obra p\u00fablica y a tareas de obra privada impostergables y\/o urgentes.Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreter\u00edas. Veterinarias. Provisi\u00f3n de garrafas. Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentaci\u00f3n; de higiene personal y limpieza; de equipamiento m\u00e9dico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.Actividades vinculadas con la producci\u00f3n, distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n agropecuaria y pesca.Actividades de telecomunicaciones, internet fija y m\u00f3vil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.Actividades vinculadas con el comercio exterior.Recolecci\u00f3n, transporte y tratamiento de residuos s\u00f3lidos urbanos, peligrosos y patog\u00e9nicos.Mantenimiento de los servicios b\u00e1sicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atenci\u00f3n de emergencias.Transporte p\u00fablico de pasajeros, transporte de mercader\u00edas, petr\u00f3leo, combustibles y GLP.Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.Servicios de lavander\u00eda.Servicios postales y de distribuci\u00f3n de paqueter\u00eda.Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompa\u00f1ante, si fuere necesario.Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupci\u00f3n implique da\u00f1os estructurales en las l\u00edneas de producci\u00f3n y\/o maquinarias.Producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de biocombustibles.Servicios esenciales de sanitizaci\u00f3n, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas.Actividades vinculadas con la producci\u00f3n, distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n forestal y minera.Talleres para mantenimiento y reparaci\u00f3n de automotores, motocicletas y bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, \u00fanicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.Venta de mercader\u00eda ya elaborada de comercios minoristas a trav\u00e9s de plataformas de comercio electr\u00f3nico, venta telef\u00f3nica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y \u00fanicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro.Industrias que realicen producci\u00f3n para la exportaci\u00f3n.<\/p>\n<p> \u2713 Gastron\u00f3micos solo con delivery hasta las 00.00 hs y take away hasta la 18:00 hs.<\/p>\n<p>Se suspenden DE MANERA PRESENCIAL todas las actividades econ\u00f3micas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, educativas, religiosas y tur\u00edsticas que no est\u00e1n enumeradas como esenciales, se realizar\u00e1n a trav\u00e9s de la modalidad de trabajo remoto y\/o a puertas cerradas con retiro de mercader\u00edas y delivery.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":481462,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[41],"tags":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CONTROLES-POLICIA-1.jpg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/479705"}],"collection":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=479705"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/479705\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":479973,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/479705\/revisions\/479973"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/481462"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=479705"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=479705"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/la100lasvarillas.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=479705"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}