Desde agosto EPEC implementará aumentos mensuales por inflación y sin audiencias públicas
El gobierno de Córdoba informó este viernes a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, que desde agosto el aumento por distribución (V.A.D.) que aplique la Empresa Provincial de Energía Eléctrica (EPEC) se actualizará de acuerdo a la inflación, sin control previo por parte del Ersep, el organismo regulador de los servicios públicos, ni la audiencia pública que era obligatoria.
De ahora en más los cuadros tarifarios que determina la EPEC quedarán establecidos por el artículo 1º de la Resolución 77/2024 que se trató fugazmente hace un mes en el Ersep a requerimiento de la empresa provincial de energía.
La normativa autoriza a que los incrementos, en lo estrictamente relacionado con VAD, se trasladen “en base a las publicaciones que la Dirección de Estadísticas de Córdoba efectúe respecto de los resultados de la Fórmula de Adecuación Mensual (FAM), erigiéndose dicha resultante en límite insoslayable y tope de los incrementos a aplicar”, asegura.
Por lo tanto, desde agosto la fórmula para actualizar la boleta de luz tomará la inflación (Índice de Precios al Consumidor) medida por el gobierno cordobés para su incremento mensual.
De acuerdo a la nueva resolución, el porcentaje del aumento del IPC que impactará en la boleta de la luz deberá publicarse en el sitio web de la EPEC y "entrará en vigor respecto de los consumos efectuados a partir del primer día del mes inmediato posterior a dicha publicación".
Los vocales de la oposición en el ERSeP criticaron la medida, argumentando que desde ahora el organismo será “una mera actividad de conocimiento y publicación del cuadro tarifario determinado por EPEC”, dejando de cumplir por completo el rol de ente de control de los servicios públicos de Córdoba -objetivo para el cual fe creado-.