Provinciales

Corte Suprema: una de cal y otra de arena para Cristina Fernández de Kirchner

Como un cuidado mecanismo de orfebrería, cerrando un año muy político, la Corte Suprema de Justicia con sus cuatro integrantes de acuerdo, firmó hoy dos fallos de alto voltaje político.

Por un lado dictaminó que Cristina Kirchner debe ir a juicio oral por la firma del memorándum con Irán, rechazando por razones formales una apelación de la expresidenta; quedó establecido además el tribunal que la juzgará, que incluye a dos jueces que ya la condenaron en el caso Vialidad

Por el otro, dejó en firme, de modo definitivo, el sobresimiento de Cristina y sus funcionarios en la llamada causa “Dólar Futuro".

Irá a Juicio

La Corte rechazó por unanimidad un recurso de Cristina Kirchner en la causa por la firma del memorándum con Irán y se despeja así el camino para la realización del juicio oral y público contra la expresidenta por encubrimiento y abuso de autoridad.

Quedaron además confirmados los jueces para realizar el juicio: son Andrés Basso, Rodrigo Giménez Uriburu y Javier Ríos, cuyas recusaciones rechazó la Corte.

El Memorándum de Entendimiento con Irán fue un pacto secreto vinculado con la investigación del atentado a la AMIA, firmado en 2013 por el gobierno de Cristina Kirchner en una reunión realizada en Alepo y revelada por el periodista ya fallecido Pepe Eliaschev. Allí se preveía, en nueve puntos, la creación de una Comisión de la Verdad para analizar la causa y la posibilidad de interrogar a los iraníes sospechosos del atentado, que tienen una notificación roja de Interpol.

El Congreso argentino aprobó el pacto, pero el fiscal Alberto Nisman, con evidencias de escuchas telefónicas sobre los acusados, dijo que era una maniobra para encubrir el atentado, levantar los pedios de captura de Interpol y favorecer a los iraníes a los que se dejaría de perseguir. Por eso, denunció a Cristina Kirchner por esta causa.

Cuatro días después de la denuncia contra la entonces presidenta, Nisman apareció muerto en su casa con un tiro en la cabeza. Fue el 18 de enero de 2015, hace casi diez años.

El memorándum nunca entró en vigencia y el 21 de diciembre de 2015 la Cámara Federal de Casación Penal dejó firme en forma definitiva la declaración de inconstitucionalidad de ese acuerdo.

Los acusados que irán a juicio son: Kirchner, Zannini, Parrilli, Mena, Abbona, Eduardo Alberto Zuain, Andrés Larroque, Luis Ángel D’Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado.

Las impugnaciones fueron rechazadas por la Corte por motivos formales, de modo que no ingresó en el análisis y la valoración de las pruebas incorporadas a la investigación.

Además, en otro expediente vinculado a la misma causa, la Corte rechazó una recusación planteada por Zannini contra los jueces del máximo tribunal.

Sobreseimiento definitivo

L}También se conoció este jueves que la Corte Suprema dejó firme el sobreseimiento de la expresidenta Cristina Kirchner en la causa conocida como “dólar futuro”: rechazó los recursos de la fiscalía y dio por cerrado el caso.

El fallo de la Corte lleva la firma de los cuatro jueces: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Ellos no dieron mayores explicaciones de por qué rechazaron los recursos. Recurrieron a la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, que permite el rechazo del recurso sin expresión de razones.
Quedó confirmado así lo resuelto por la Cámara de Casación cuando dio por concluida la causa sin hacer el juicio oral.

El artículo 280 señala: “La Corte, según su sana discreción y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”.

El caso fue impulsado por el gobierno de Cambiemos, en una acción de claro tinte político. Se acusaba a Cristina Kirchner y al actual gobernador de la provincia de Buenos Aires Axel Kicillof (por su actuación como ministro de Economía), además de a Alejandro Vanoli, Sebastián Andrés Aguilera y Miguel Ángel Pesce, entre otros exfuncionarios.
Se cuestionaba el uso del mercado de futuros el dólar, un mercado en el que el gobierno ofertaba contra las expectativas devaluatorias del mercado.
El exsenador Federico Pinedo (Pro), y el exdiputado Mario Negri (UCR) denunciaron en octubre de 2015 al Banco Central y a su directorio por “defraudación por infidelidad en perjuicio de la administración pública”.

Fueron todos procesados y elevados a juicio oral por el juez Claudio Bonadio. El caso llegó al Tribunal Oral Federal N°1, que rechazó el sobreseimiento de los acusados con la firma de los jueces José Michilini y Ricardo Basílico, y la disidencia de Adrián Grünberg.

Los acusados apelaron ante la Cámara de Casación, que decidió cerrar la causa y darle la razón a Cristina Kirchner y al resto de los imputados. Fue clave un peritaje contable que señaló que no había existido perjuicio en contra del Estado y que se trató de una medida de política económica del gobierno kirchnerista.

Los jueces que resolvieron el pedido de la vicepresidenta fueron Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa. Los tres votaron por el sobreseimiento. Aludieron a la inexistencia de delito en las maniobras investigadas.

Pero el fiscal ante la Casación Raúl Pleé presentó un recurso extraordinario contra esa sentencia, que le fue denegado por la propia Casación. Recurrió entonces directo ante la Corte Suprema de Justicia, con una queja, para que se reabriera la causa y se hiciera el juicio oral y público. Pero lo rechazaron.
Con esta decisión de la Corte ya no hay más instancias de revisión y el caso quedó definitivamente cerrado.

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